El nuevo proyecto de Ley de Vivienda en Cuba incorpora cambios relevantes para propietarios, edificios multifamiliares y beneficiarios de viviendas subsidiadas.
El texto introduce reglas sobre cuotas mensuales, administración de edificios, límites de propiedad, herencias y obligaciones para quienes reciban apoyo estatal.
Cuotas obligatorias para edificios multifamiliares
El proyecto establece que los titulares de viviendas en edificios de pisos o apartamentos deberán contribuir económicamente al mantenimiento y conservación de la edificación.
Esa obligación incluye los gastos vinculados a áreas comunes, limpieza, servicios compartidos, conservación y rehabilitación de elementos comunes del inmueble.
La norma también reconoce la junta de administración como estructura encargada de la gestión del edificio. Esta junta estará integrada por los titulares y tomará acuerdos de cumplimiento obligatorio.
Entre sus funciones aparece la facultad de fijar una cuota mensual para cubrir los gastos comunes. También podrá aprobar ingresos, gastos, reparaciones y contratos relacionados con la administración del inmueble.
Dos viviendas como límite general
El proyecto de Ley de Vivienda reconoce el derecho de las personas naturales a tener hasta 2 viviendas en propiedad.
Ese límite no incluye la vivienda de descanso o veraneo, siempre que esa condición aparezca declarada en el título correspondiente.
La norma prevé que, si se detecta una posible infracción, la Dirección de la Vivienda Municipal podrá abrir un expediente. Si se demuestra la violación del límite, se dispondría la pérdida de la última vivienda adquirida.
Esta regla busca ordenar la propiedad de inmuebles bajo un marco más estricto. También introduce mayor control sobre la acumulación de viviendas en manos de una misma persona.
Herencias y cubanos declarados emigrados
El proyecto incluye una disposición importante para los procesos de herencia.
Según el texto, al momento de adjudicar una vivienda, no se aplicaría la incapacidad para suceder por haber sido declarado emigrado bajo normas anteriores.
Esto supone un cambio relevante para herederos que fueron afectados por regulaciones previas. Sin embargo, la adjudicación seguiría sujeta a las reglas generales de la legislación sucesoria y a los límites previstos en la propia ley.
Por eso, no se trata de una autorización sin condiciones. El derecho hereditario se reconoce dentro del nuevo marco legal y bajo los procedimientos establecidos.
Viviendas subsidiadas con restricciones durante 15 años
El proyecto también regula las viviendas construidas o asignadas con subsidios estatales.
En estos casos, no se plantea una prohibición absoluta de venta durante 15 años. Lo que establece el texto son restricciones y obligaciones si la vivienda se transmite dentro de ese plazo.
Cuando una persona beneficiada con subsidio decide vender o donar en los primeros 15 años, puede quedar obligada a reintegrar al Presupuesto del Estado el monto total subsidiado.
En otros supuestos, el Estado conserva derechos preferentes de adquisición o exige autorización previa para determinados actos, como permutas o donaciones.
Estas reglas buscan diferenciar las viviendas adquiridas por compraventa ordinaria de aquellas entregadas con apoyo estatal.
Obligaciones ante abandono y deterioro
El proyecto impone obligaciones a los titulares de viviendas para conservar los inmuebles y evitar su deterioro.
El texto señala que los propietarios deben recuperar el valor de uso de viviendas deshabitadas de forma permanente cuando presenten falta de seguridad, protección, aseo, mantenimiento o deterioro estructural.
Si una vivienda llega a declararse en estado de ruina como consecuencia del abandono, el titular debe tomar medidas para recuperarla.
En caso contrario, la Dirección de la Vivienda Municipal podrá solicitar al tribunal la pérdida del derecho por abandono. Después, el inmueble podría quedar disponible para el Consejo de la Administración Municipal y destinarse a una nueva asignación.
Cambios para la propiedad horizontal
En los edificios multifamiliares, el proyecto no se limita al cobro de cuotas.
También organiza la gestión mediante juntas de administración, reglamentos internos, acuerdos obligatorios y cuentas para cubrir gastos comunes.
La junta podrá aprobar reparaciones, contratar servicios, gestionar programas de rehabilitación y promover medidas de eficiencia energética y resiliencia climática.
Estas disposiciones colocan una mayor responsabilidad sobre los propietarios. También buscan formalizar prácticas que hasta ahora dependían muchas veces de acuerdos informales entre vecinos.
El proyecto aún debe entenderse como una propuesta normativa hasta su aprobación y publicación definitiva. Su propio texto indica que la ley entraría en vigor 90 días después de aparecer en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.












