La norma incorpora la identidad digital, amplía el uso de datos biométricos y regula la identificación de los cubanos dentro y fuera del país.
La Asamblea Nacional de Cuba aprobó este jueves la Ley del Sistema de Identidad Personal y Domicilio, que introduce cambios en la identificación de los ciudadanos, el registro del domicilio y la realización de trámites digitales.
La norma fue presentada por el primer coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior. Su alcance comprende a todos los ciudadanos cubanos, tanto dentro como fuera del país, y a los extranjeros residentes en la isla.
Según el proyecto oficial, el número de identidad permanente será único, irrepetible y, en principio, invariable. También funcionará como identificador de cada persona ante los registros públicos cubanos.
¿Qué establece sobre el carné de identidad?
El carné será el documento válido para acreditar la identidad de los ciudadanos cubanos dentro del territorio nacional. Obtenerlo y mantenerlo actualizado constituye un derecho y, al mismo tiempo, una obligación.
Deberá confeccionarse uno nuevo cuando cambien los datos personales, el domicilio o la clasificación migratoria, además de los casos de vencimiento, pérdida, extravío o sustracción.
Para los cubanos residentes en el exterior, el proyecto señala que podrán acreditar su identidad mediante el pasaporte cubano o el carné, “según corresponda”. Sin embargo, no establece expresamente que cualquier emigrado pueda solicitar el carné ni explica si este trámite podrá realizarse en los consulados.
Esos detalles deberán aclararse en el reglamento, incluidos los requisitos para quienes no tengan domicilio permanente en Cuba.
Identidad digital y datos biométricos
La ley incorpora una identidad digital vinculada de manera segura con la identidad física. Esta permitirá autenticar a las personas y realizar trámites mediante plataformas electrónicas.
El Registro de Identidad Personal y Domicilio podrá incluir datos biométricos como el rostro, las huellas digitales, la firma, la voz y el iris.
La legislación también reconoce el derecho a cambiar de domicilio y establece que cada persona debe tener uno como sede principal de sus relaciones jurídicas.
La ley entrará en vigor tres meses después de su publicación en la Gaceta Oficial. Hasta entonces, su aplicación práctica dependerá del reglamento y de otras disposiciones complementarias. Proyecto oficial y reporte de la aprobación.


















con la falta de digitalización q hay en cuba como lo van a lograr nunca tienen conexión ni en los bancos
porque no se puede habrir en Google
excelente medida, que se cumpla
Estamos bien jodios cada vez que toman una nueva resolución nos aprieta más el lazo en el cuello. Yo creo que si Fidel tuviera vivo se moría al ver las cosas de mal en peor valorados como si fueramos mago tengo 71años tengo 4 operaciones en una echas resiente , soy ipertensa, diabetes tipo 2 y gotosa y trabaje por gusto, mi expediente de trabajo no aparece en ninguna parte, lo que tengo es seguridad social y recibo 1543 peso al penas para comer pan solo para una semana qué hacer ya no puedo más y ustedes lo tienen todo y el pueblo no haya que hacer .
Tengo una prima hermana desertó de una misión en el 2011 cuando ella regreso por primera vez entró al país como Ciudadana Americana. no tiene propiedad en cuba no tiene hijos no tiene cuentas bancarias, su madre ya es fallecida y su padre rlla se lo llevó a vivir con ella a los Estados Unidos. Mi padre quien fue su tío falleció el 18 de marzo del 2025.. Ella no tenía un proceso aprobado. mi pregunta es que derecho tiene Marilyn Perez Ayala. di todavía se se encontraba emigrada por negativa al regreso de misión.
Disculpa,ella no puede haber entrado al país como ciudadana americana,menos saliendo del país en 2011,te falta información real.