Gaceta Oficial cambia las reglas para vender carne de res en Cuba

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Vender carne de res legalmente en Cuba tendrá nuevas reglas. La medida modifica requisitos que durante años limitaron el sacrificio y la comercialización por parte de los productores.

La Resolución 162/2026 del Ministerio de la Agricultura aparece en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 75. La norma sustituye el esquema vigente desde 2021 y amplía las opciones para el consumo y la venta.

Quiénes podrán acogerse a las nuevas reglas

La disposición alcanza a personas naturales y jurídicas propietarias de ganado bovino y équidos. Para sacrificar y comercializar deberán mantener los animales correctamente inscritos y cumplir los controles sanitarios.

Uno de los cambios más llamativos permite que personas naturales sin tierras puedan dedicarse a la ceba de machos en categorías de terneros y añojos. Antes de hacerlo deberán inscribir los animales en el Registro Pecuario y obtener la licencia sanitaria correspondiente.

El viceministro de la Agricultura, Telce González Morera, explicó que habrá mayor flexibilidad para comercializar las carnes. Según el reporte de Granma sobre las nuevas normas agrícolas, se mantienen prioridades para determinados consumos sociales en cada municipio.

Pesos mínimos para el sacrificio

La regulación fija condiciones según la categoría del animal. Los toros deberán alcanzar 370 kg y los toretes 300 kg.

Para las novillas no aptas para reproducción se establece un mínimo de 290 kg. Las vacas no aptas deberán llegar a 345 kg.

Los bueyes y sementales de desecho tendrán un mínimo de 450 kg. En el caso de los caballos adultos, el peso exigido será de 280 kg.

Las hembras equinas no aptas para reproducción deberán alcanzar 250 kg. Estos valores forman parte de los criterios utilizados para autorizar el sacrificio legal.

No significa una venta sin controles

La flexibilización no elimina los requisitos veterinarios. El animal deberá pasar por controles y el sacrificio tendrá que realizarse en instalaciones autorizadas.

Tampoco se trata de una autorización general para vender carne en cualquier lugar. La comercialización deberá realizarse en los destinos permitidos por las normas vigentes.

La nueva disposición entra en vigor 30 días después de su publicación. Hasta entonces continúa aplicándose el régimen anterior.

El cambio llega en un momento marcado por la escasez de carne y por el deterioro de la masa ganadera. El Gobierno busca dar más margen al productor sin retirar los controles sobre registro, sanidad y destino de la carne.


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