Nuevas medidas para envíos a Cuba a partir del 1ero de julio (Precios USD)

Desde este primero de julio entrarán en vigor las nuevas medidas anunciadas sobre la importación de alimentos, aseo y medicamentos a Cuba, tanto en el equipaje acompañado como en los envíos.

Como se anunció recientemente, el gobierno cubano decidió ampliar el plazo en el que se puede entrar a la isla, como parte del equipaje, sin límite de cantidad y libre de costo, mercancía de aseo, alimentos y medicinas. Pero, hay nuevas disposiciones adoptadas.

La Gaceta oficial No. 47 de fecha 29 de junio de 2023 contiene las principales regulaciones sobre el tema. Directorio Cubano te pone al tanto.

La Resolución 133/2023 del Ministerio de Finanzas y Precios reconoce que “persisten las limitaciones en las ofertas de alimentos y otros productos en Cuba”.

Por tanto, consideran que “resulta prudente prorrogar este beneficio hasta el 31 de diciembre de 2023 e incorporar los insumos médicos entre las mercancías objeto de este beneficio”.

Asimismo, aseguran que se hace necesario “extender su alcance a la importación sin carácter comercial por los pasajeros, como parte de su equipaje no acompañado, hasta el límite de quinientos dólares estadounidenses (500,00 USD) del valor o peso equivalente, hasta cincuenta kilogramos (50 kg), en la relación valor/peso establecida por la Aduana General de la República”.

MEDIDAS ADUANA DE CUBA EQUIPAJE Y ENVÍOS

De tal manera, si vas a viajar a Cuba debes saber que desde este primero de julio:

  1. Se permite, hasta el 31 de diciembre de 2023, la importación sin carácter comercial, sin límites en cantidad y exenta del pago del impuesto aduanero de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos, como parte de tu equipaje acompañado.
  2. También se autoriza hasta el 31 de diciembre de 2023, la importación sin carácter comercial de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos hasta el límite de quinientos dólares estadounidenses (500,00 USD) del valor, equivalente, hasta cincuenta kilogramos (50 kg) y exenta del pago del impuesto aduanero, por la vía de pasajeros como equipaje no acompañado.
  3. Además, se incrementa el límite del valor en aduana para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales mediante envíos, de 200,00 USD hasta 500,00 USD.
  4. Se mantiene la exención del pago del impuesto aduanero por los primeros 30,00 USD del valor o su peso equivalente de 3,00 kg del envío, así como la aplicación del exceso de este de la tarifa arancelaria del 30 %.
  5. Se autoriza la importación sin carácter comercial y exenta del pago del impuesto aduanero de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos que se importen por personas naturales como envíos aéreos, marítimos y postales, hasta un límite de 200 USD o peso equivalente hasta veinte (20) kilogramos.
  6. Ojo: la primera y segunda medida de esta Resolución se aplican siempre que los artículos clasificados como alimentos o aseo, así como los identificados como medicamentos e insumos médicos, que integren parte del equipaje del pasajero, se presenten ante la Aduana en bultos separados del resto de los productos.
  7. Los beneficios dispuestos en el punto cuarto de esta Resolución se aplican siempre que el contenido de los mencionados envíos solo incluya los artículos clasificados como alimentos o aseo, así como los identificados como medicamentos e insumos médicos.
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TABLA NUEVOS PRECIOS PARA ENVÍOS A CUBA

Y LIQUIDACIÓN DE LOS DERECHOS ARANCELARIOS DE LOS ENVÍOS DESTINADOS A PERSONAS NATURALES

1 kg = 10,00 dólares estadounidenses

Exento hasta el valor de 30,00 dólares estadounidenses = 3 kg 

Peso del envío (kg)Valor del envío (Dólar estadounidense)Valor gravado (Dólar estadounidense)
DeHastaDeHastaDeHasta
1,010,000
1,12,011,0020,000
2,13,021,0030,000
3,14,031,0040,001,0010,00
4,15,041,0050,0011,0020,00
5,16,051,0060,0021,0030,00
6,17,061,0070,0031,0040,00
Peso del envío (kg)Valor del envío (Dólar estadounidense)Valor gravado (Dólar estadounidense)
DeHastaDeHastaDeHasta
7,18,071,0080,0041,0050,00
8,19,081,0090,0051,0060,00
9,110,091,00100,0061,0070,00
10,111,0101,00110,0071,0080,00
11,112,0111,00120,0081,0090,00
12,113,0121,00130,0091,00100,00
13,114,0131,00140,00101,00110,00
14,115,0141,00150,00111,00120,00
15,116,0151,00160,00121,00130,00
16,117,0161,00170,00131,00140,00
17,118,0171,00180,00141,00150,00
18,119,0181,00190,00151,00160,00
19,120,0191,00200,00161,00170,00
20,121,0201,00210,00171,00180,00
21,122,0211,00220,00181,00190,00
22,123,0221,00230,00191,00200,00
23,124,0231,00240,00201,00210,00
24,125,0241,00250,00211,00220,00
25,126,0251,00260,00221,00230,00
26,127,0261,00270,00231,00240,00
27,128,0271,00280,00241,00250,00
28,129,0281,00290,00251,00260,00
29,130,0291,00300,00261,00270,00
30,131,0301,00310,00271,00280,00
31,132,0311,00320,00281,00290,00
32,133,0321,00330,00291,00300,00
33,134,0331,00340,00301,00310,00
34,135,0341,00350,00311,00320,00
35,136,0351,00360,00321,00330,00
36,137,0361,00370,00331,00340,00
37,138,0371,00380,00341,00350,00
38,139,0381,00390,00351,00360,00
39,140,0391,00400,00361,00370,00
40,141,0401,00410,00371,00380,00
41,142,0411,00420,00381,00390,00
42,143,0421,00430,00391,00400,00
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Peso del envío (kg)Valor del envío (Dólar estadounidense)Valor gravado (Dólar estadounidense)
DeHastaDeHastaDeHasta
43,144,0431,00440,00401,00410,00
44,145,0441,00450,00411,00420,00
45,146,0451,00460,00421,00430,00
46,147,0461,00470,00431,00440,00
47,148,0471,00480,00441,00450,00
48,149,0481,00490,00451,00460,00
49,150,0491,00500,00461,00470,00