Hace apenas unos minutos la Embajada de la República Italiana en Cuba dio a conocer mediante un comunicado las nuevas reglas que regirán el tránsito entre ambos países a partir de la tensa situación que vive Italia con la propagación del coronavirus (covid-19).
Entre los aspectos esenciales señalados por esa sede diplomática está la regulación de los viajes y los visados para aquellos turistas cubanos interesados en viajar al país europeo. Según la agencia Cubaservizi existe un alto porcentaje de probabilidades de que sean denegadas las visas turísticas desde hoy hasta el próximo 3 de abril.
Aun cuando el consulado se mantiene abierto y operativo en la recepción de solicitudes, la referida agencia recomienda aplazar las citas para fecha posterior al 3 de abril del mes próximo.
¿Quiénes podrán viajar a Italia?
Los ciudadanos italianos y los extranjeros residentes o domiciliados en Italia, que se encuentren en Cuba, pueden viajar, siempre que los medios de transporte sean operativos, pueden regresar a sus propios domicilios, casas o residencias.
¿Quiénes podrán viajar a Cuba?
Los ciudadanos italianos y los extranjeros residentes o domiciliados en Cuba, que se encuentren en Italia, pueden, siempre que los medios de transporte sean operativos, pueden regresar a sus propios domicilios, casas o residencias.
Para mayores precisiones reproducimos íntegramente el comunicado divulgado por la Embajada de Italia en Cuba:
EMERGENCIA covid-19: ACTUALIZACION DEL 10 DE MARZO DE 2020
Luego de la aprobación del nuevo Decreto del Presidente del Consejo de Ministros del 9 de marzo de 2020, que contiene urgentes medidas para el enfrentamiento y contención del virus covid-19, con relación a la tutela de los ciudadanos italianos presentes en Cuba y la información a los usuarios de esta Embajada, se señalan los siguientes aspectos de mayor relevancia:
– los ciudadanos italianos y los extranjeros residentes/domiciliados en Italia, que se encuentren en Cuba, pueden –si los medios de transporte son operativos- regresar a sus propios domicilios, casas o residencias;
– de igual forma, los ciudadanos italianos y los extranjeros residentes/domiciliados en Cuba, que se encuentren en Italia, pueden -si los medios de transporte son operativos- regresar a sus propios domicilios, casas o residencias;
– está permitido además la entrada y salida de Italia por demostradas exigencias laborales;
– por el contrario, debe evitarse absolutamente la entrada a Italia por motivos de turismo;
– debe evitarse igualmente el desplazamiento de las personas físicas dentro del territorio nacional, excepto por comprobadas exigencias laborales, situaciones de necesidad o motivos de salud;
– en el territorio nacional italiano, están previstas además limitaciones a ejercer actividades públicas (deportivas, culturales, de entretenimiento, etc.) y cualquier forma de aglomeración de personas en lugares públicos o abiertos al público.
