Tarifas consulares de Cuba cambiarán desde el 1 de octubre

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Las tarifas consulares de Cuba cambiarán el 1 de octubre de 2026 para trámites como pasaportes, visas y legalizaciones en sus oficinas del exterior.

La actualización también abarca certificaciones y otros servicios para cubanos y extranjeros. El Ministerio de Relaciones Exteriores anunció la medida el 23 de septiembre y recomendó consultar el costo correspondiente antes de iniciar una gestión.

Los importes de cada trámite figuran en los anexos de la Resolución No. 37/2026. Esa norma aprueba el nuevo Arancel Consular y establece las reglas para aplicarlo en las representaciones cubanas fuera de la isla.

¿Qué cambia en los trámites consulares?

La modificación alcanza servicios que suelen necesitar los cubanos residentes en el exterior, entre ellos la solicitud de pasaportes y la legalización de documentos. También comprende visas y certificaciones tramitadas ante las oficinas consulares.

La cancillería atribuyó el ajuste al panorama económico internacional y a la inflación. Sostuvo, además, que la revisión de estos cobros permitirá mejorar la calidad, la seguridad y la eficiencia de los servicios consulares.

Euros, dólares y pagos en moneda local

Las tarifas consulares de Cuba se fijarán en euros en los países de la zona euro. En las demás naciones se establecerán en dólares estadounidenses, aunque las oficinas podrán cobrar en la moneda oficial del país donde operen.

Para esa conversión deberá tomarse como referencia la tasa oficial del país. También se requerirá la aprobación de la Dirección General de Asuntos Consulares y Cubanos Residentes en el Exterior y de la Dirección de Economía y Finanzas del ministerio.

Los jefes de misión y los funcionarios consulares no podrán aumentar ni reducir los montos por decisión propia. Cualquier propuesta de modificación deberá remitirse a la dirección de asuntos consulares para su aprobación.

Servicios y personas que podrán quedar exentos

El arancel contempla exenciones para trámites de funcionarios de misiones estatales cubanas y sus familiares acompañantes. También incluye servicios destinados a gobiernos extranjeros y personal diplomático cuando exista reciprocidad.

Otras exenciones abarcan determinados procedimientos relacionados con causas criminales y documentos emitidos de oficio. La regulación incluye algunas inscripciones y anotaciones de nacimientos y defunciones en el Registro del Estado Civil.

La norma prevé excepciones para ciertos servicios de cubanos bajo tratamiento médico autorizado por el Ministerio de Salud Pública. También comprende determinadas visas diplomáticas, invitaciones oficiales, becas, programas de cooperación y misiones oficiales.

Podrán aprobarse exenciones para cubanos en situaciones excepcionales de vulnerabilidad, como indigencia, desamparo por desalojo o circunstancias de fuerza mayor. La resolución condiciona esa posibilidad a que el trámite no genere gastos para la oficina consular ni para el Estado cubano.

¿Qué revisar antes de presentar una solicitud?

Quienes planeen acudir a un consulado desde el 1 de octubre deberán comprobar el importe del servicio que necesitan. Conviene revisar también la moneda de cobro aplicable en el país donde harán la gestión.

El listado de precios de pasaportes, visas, legalizaciones y otros trámites está en los anexos de la Resolución No. 37/2026.


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