El Gobierno cubano aprobó un nuevo beneficio fiscal que alcanza directamente a un grupo de trabajadores y puede reducir la carga de impuestos sobre sus ingresos.
La medida aparece en la Resolución 201/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada este 7 de octubre en la Gaceta Oficial. La norma entra en vigor desde su publicación.
¿Quiénes tendrán un mínimo exento 50 % mayor?
El beneficio alcanza a los trabajadores en situación de discapacidad que laboran en empresas de Industrias Locales y en talleres incluidos en la resolución.
Para estas personas, la cuantía del mínimo exento utilizada al calcular el Impuesto sobre los Ingresos Personales aumenta en un 50 %.
Eso no significa que el Gobierno entregue dinero directamente. Tampoco supone un aumento automático del salario.
El cambio actúa sobre la parte de los ingresos que queda libre del impuesto. En la práctica, algunos trabajadores podrán pagar menos por este concepto, dependiendo de sus ingresos y situación tributaria.
La disposición convierte este punto en el beneficio más directo para las personas comprendidas en la norma.
¿Qué facilidades reciben los centros que contratan a personas con discapacidad?
La resolución también concede ventajas fiscales a las empresas de Industrias Locales y a los talleres que contraten personas en situación de discapacidad.
Estas entidades podrán deducir el 150 % de los gastos por salarios y contribuciones a la Seguridad Social al calcular el Impuesto sobre Utilidades.
La cifra resulta relevante porque la deducción supera el gasto nominal reconocido por esos conceptos.
Además, estas empresas y talleres aplicarán un tipo impositivo del 30 % para calcular el aporte por el rendimiento de la Inversión Estatal.
El Ministerio de Finanzas y Precios vincula estas medidas con la intención de ampliar los beneficios fiscales para los centros donde trabajan personas con discapacidad.
También habrá exenciones para quienes suministren materias primas
La Resolución 201/2026 incluye otro incentivo para los actores económicos que abastezcan a estos centros.
Quedarán exentos del pago del Impuesto sobre las Ventas y los Servicios por las ventas mayoristas de insumos y materias primas destinadas a las empresas y talleres beneficiados.
Esos actores económicos deberán diferenciar dichas operaciones en su contabilidad.
La medida puede reducir parte de la carga fiscal asociada al abastecimiento de estos centros y facilitar la compra de materiales necesarios para su actividad.
¿Desde cuándo se aplican los nuevos beneficios?
La resolución fue firmada el 2 de septiembre de 2026 por el ministro de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro Ale.
Sin embargo, la disposición establece expresamente que entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, ocurrida este miércoles 7 de octubre.
La Oficina Nacional de Administración Tributaria deberá establecer los mecanismos de control para aplicar los beneficios previstos en la norma.

















