Productores, mipymes y trabajadores por cuenta propia tendrán una vía más directa para colocar parte de sus productos en la red minorista cubana. La nueva regulación reduce intermediarios y amplía quiénes pueden vender a las tiendas.
El cambio aparece en la Resolución 161/2026 del Ministerio de la Agricultura, publicada en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 75. La medida modifica el reglamento vigente para la comercialización agropecuaria y forestal.
Quiénes podrán vender directamente
La nueva redacción incluye a productores agropecuarios y forestales. También incorpora a micro, pequeñas y medianas empresas, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia.
Estos actores podrán comercializar producciones frescas o procesadas en establecimientos de la red minorista. Para hacerlo deberán contar con las autorizaciones y certificaciones correspondientes.
El alcance fue recogido por Cuba Noticias 360, que detalló la modificación del artículo 21 del reglamento aprobado anteriormente.
Qué cambia respecto a la regulación anterior
La resolución elimina varias disposiciones previas y sustituye el esquema que limitaba más la relación directa con las tiendas. El objetivo declarado es dar mayor movilidad a la comercialización de productos agropecuarios.
La medida no significa que cualquier negocio pueda entrar automáticamente a vender en cualquier establecimiento. Las producciones deberán cumplir las normas sanitarias, comerciales y de certificación aplicables en cada caso.
El texto también mantiene la responsabilidad de cada actor sobre el origen y las condiciones del producto que comercializa.
Más opciones para colocar producciones
El cambio puede ser importante para productores que antes dependían de canales más largos para llegar al consumidor final. También puede beneficiar a negocios privados que procesan alimentos o productos de origen agropecuario.
La reforma se inserta en un paquete más amplio de normas publicado por el Gobierno. Entre ellas aparecen cambios sobre tierras, cooperativas, maquinaria, medicina veterinaria y sacrificio de ganado.
Según el resumen de Granma sobre las nuevas disposiciones, la intención oficial es flexibilizar la comercialización y reconocer una mayor participación de distintos actores económicos.
Cuándo entra en vigor
La Resolución 161/2026 entrará en vigor siete días hábiles después de su publicación en la Gaceta Oficial.
A partir de entonces, productores y negocios que cumplan los requisitos podrán acogerse al nuevo mecanismo. La aplicación concreta dependerá de los acuerdos comerciales que logren establecer con la red minorista y de las autorizaciones exigidas para cada producto.















