El Consulado General de España en La Habana ha anunciado cómo procederá con respecto a los trámites de visado una vez las condiciones en la capital de Cuba permitan hacerlo.
En un mensaje difundido en Twitter, la oficina consular ha adelantado:
“@ConsEspLaHabana consciente de las dificultades que encuentran los solicitantes de visado durante la pandemia. Cuando medidas #covid19 #LaHabana lo permitan se PRIORIZARÁN solicitudes de visados de familiares UE/EEE y estudios.”
Recordemos que la sede diplomática había decidido reanudar los trámites de visado de estudios con algunas condiciones. Habían detallado, por ejemplo, que las solicitudes de visados de estudios se formularían a través de correo electrónico, en la siguiente dirección: [email protected]
En la nota que aparece en su Web con fecha de este primero de septiembre, declaran que tienen la intención de darle prioridad a las solicitudes de visados de estudios y visados de familiares de ciudadanos la de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo (UE/EEE).
Se incluye aquí, el visado de reagrupación familiar.
Desde el Consulado de España aclaran que este tipo de visados pueden solicitarlo los cónyuges, parejas registradas y demás familiares contemplados en el Real Decreto 240/2007.
Pueden solicitarlo, además, las parejas no casadas y no registradas de ciudadanos de la UE/EEE, siempre que cumplan con los requisitos de viajar con su pareja o vayan a reunirse con el ciudadano de la UE/EEE. Es necesario también, que aporten pruebas de la existencia de una relación estable y duradera durante la que haya existido convivencia en pareja.
El consulado explica en su nota que desde que se flexibilicen las medidas adoptadas por las autoridades cubanas para La Habana, el trámite de estos visados se realizará con una asistencia limitada de público a las oficinas del Consulado General, para cumplir con los protocolos establecidos por las autoridades cubanas y proteger la salud y la seguridad de clientes y personal.
En un mensaje anterior, el Consulado había informado la suspensión de sus servicios de atención al público hasta nuevo aviso.
Únicamente funcionan la ventanilla de emergencias (8:30-14:00 horas), el teléfono de emergencia consular (24 horas), las legalizaciones por medio de bufete colectivo, la atención de correos electrónicos y los salvoconductos.
Si le interesa leer el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, pinche AQUÍ
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