El Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba ha informado sobre la publicación de la Gaceta Oficial No.4 Extraordinaria, con fecha 15 enero de 2021, que contiene dos resoluciones que modifican algunas tarifas aplicadas como parte de la Tarea Ordenamiento.
Específicamente, el acuerdo 8991 del Consejo de Ministros cambia la tarifa que se decidió aplicar para el servicio de abasto de agua potable en edificios multifamiliares con servicio de metrado.
En el caso de la Resolución 5 del Ministerio de Finanzas y Precios, esta regula las tarifas máximas para el alquiler de ómnibus, minibuses y microbuses, que se aplican a las entidades por el servicio de transporte de pasajeros (transporte obrero), ajustándose a un 70% de las inicialmente aprobadas, por lo que se deroga la Resolución 315 del 2020.
Con respecto al transporte obrero, el Viceministro Primero del Ministerio de Finanzas y Precios de la República de Cuba, Vladimir Regueiro Ale, expresó que “después de analizar el impacto en el cobro a los trabajadores y de haber conciliado a todas las instancias y con la propia empresa, fue ajustada en una reducción de un 30%».
Se consideró que la modificación tiene un alto impacto para los trabajadores, “porque la mayor regulación que tiene la nueva disposición, la No. 5 de este año, es que puede compartirse por las administraciones del sector empresarial o presupuestado parte del cobro que se le hace al trabajador”.
Esto quiere decir que la administración asume totalmente el servicio prestado por la transportista, y cuando cobra su salario el trabajador, puede cobrarle parte del monto.
De esta manera, estas fueron las tarifas aprobadas.
TARIFAS MÁXIMAS DEL SERVICIO DE ALQUILER DE ÓMNIBUS, MINIBUSES Y MICROBUSES PARA EL TRANSPORTE DE TRABAJADORES
| Tipo de Transporte | Tarifa de alquiler por Km | Tarifa por pasajero/ Km | Tarifa horaria |
| Ómnibus (40 pasajeros) | 6.86 | 0.17 | 112.00 |
| Minibús (29 pasajeros) | 2.57 | 0.09 | 49.00 |
| Microbús (15 pasajeros) | 2.27 | 0.16 | 21.00 |
Para más información, sugerimos revisar la Resolución No.5 AQUÍ
En cuanto al acuerdo 8991 del Consejo de Ministros, este busca adecuar la aplicación de la tarifa en los edificios multifamiliares no metrados, ajustar las unidades de medidas y las tarifas para el servicio de abasto de agua desalinizada o purificada, y de desobstrucción mecanizada. Además, incluye el servicio de escombreo mecanizado de fosa.
De esta manera, el anexo único del acuerdo dispone lo siguiente:
Tarifas en pesos cubanos para el cobro de los servicios técnicos productivos que prestan las entidades del sistema empresarial cubano atendido por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos en el sector doméstico.
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Como trabajador estoy preocupado pq me están pidiendo pagar mas d 500 pesos mensuales por concepto de transporte sin contar el almuerzo casi al rededor d 300 pesos mensuales mas 130 d merienda cuando suman serian casi 1000 pesos y ahora la pregunta es ¿con que me quedo?
Estoy tratando de averiguar cómo se cobrarán los visados en la Embajada Alemana en Cuba este año con la desaparición del CUC, gracias