La Gaceta Oficial de Cuba confirmó cambios permanentes en la conocida ONAT, que se convirtió en entidad nacional subordinada al Consejo de Ministros según el Decreto 129/2025. Detalles de inmediato y cómo impacta a la población. En una decisión clave para el fortalecimiento institucional del sistema tributario cubano, el Consejo de Ministros aprobó el Decreto 129/2025, publicado en la Gaceta Oficial No. 59, que otorga a la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) la condición de entidad nacional subordinada al Consejo de Ministros.
Esta medida busca dotar a la ONAT de mayor autonomía y capacidad operativa para cumplir sus funciones, optimizando la gestión tributaria y el control fiscal en todo el país.
El nuevo decreto, firmado por el primer ministro Manuel Marrero Cruz, forma parte del proceso de perfeccionamiento de la Administración Tributaria en Cuba.
Establece que la ONAT contará con patrimonio propio, un sistema remunerativo ajustado y una estructura organizativa robusta que abarca una Oficina Central, 15 oficinas provinciales y 168 oficinas municipales, incluyendo el municipio especial Isla de la Juventud.
Entre las principales funciones asignadas a la ONAT destacan:
- Asistencia a contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
- Implementación de tecnologías para mejorar la transparencia y eficiencia de los servicios fiscales.
- Control y exigencia del Número de Identificación Tributaria (NIT).
- Ejecución de embargos, procesos de apremio y cobro de deudas tributarias.
- Prevención y detección de la evasión fiscal.
- Promoción de la cultura tributaria y capacitación del personal.
Gaceta y cambio de la ONAT: lo que el nuevo decreto permite hacer con los datos fiscales
Además, se delega en el ministro de Finanzas y Precios la atención y control de la labor de la ONAT, garantizando una coordinación efectiva.
El jefe de la entidad deberá presentar en un plazo de 60 días el nuevo Reglamento Orgánico al Consejo de Ministros y rendir cuentas en un año sobre la implementación del decreto.
El Decreto 129/2025 también deja sin efecto disposiciones anteriores contenidas en el Decreto 308, el Acuerdo 8301 de 2018, y la Resolución 1/2018, adecuando así el marco legal vigente a la nueva estructura y funciones de la ONAT.
El Decreto refuerza la capacidad de la ONAT para recopilar, analizar y actuar sobre los datos fiscales de los cubanos, permitiéndole intervenir en cuentas, embargar bienes, imponer sanciones y obtener información confidencial de bancos y terceros. Todo esto, según la oficialidad, con el objetivo de aumentar la eficiencia recaudatoria y frenar la evasión fiscal.
O sea, la ONAT podrá requerir a personas naturales o jurídicas (empresas, instituciones) la entrega de información con trascendencia tributaria, como contratos, registros o antecedentes financieros vinculados.
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