Ministerio de Justicia amplía el cobro en dólares de los trámites legales

La Gaceta Oficial publicada a finales de diciembre fijó un cambio relevante en la forma de pago de los servicios jurídicos en Cuba. La Resolución 486/2025 establece que una parte amplia de estos trámites podrá cobrarse en moneda extranjera, incluso cuando el servicio se gestione dentro del país.

La disposición, emitida por el Ministerio de Justicia, redefine el marco de cobro para servicios legales dirigidos a personas naturales extranjeras, cubanos residentes permanentes en el exterior y personas jurídicas constituidas fuera de la Isla.

¿Qué cambia en la forma de pago?

La norma autoriza que los servicios jurídicos se cobren en dólares estadounidenses u otras monedas libremente convertibles aceptadas por el Banco Central de Cuba. El pago se realiza según la tasa vigente el día del trámite.

Este esquema se aplica tanto cuando el contratante es extranjero o residente en el exterior como cuando el destinatario final del servicio reside en Cuba. La resolución deja claro que el criterio determinante es la condición del solicitante o del contratante del servicio.

Servicios incluidos en el cobro en divisas

El alcance de la medida es amplio. Incluye servicios de asistencia y asesoría legal, representación procesal ante tribunales, trámites administrativos y consultorías especializadas.

También abarca servicios relacionados con inversiones, finanzas, seguros, auditorías, propiedad intelectual y trámites migratorios. En estos casos, el cobro en moneda extranjera queda plenamente autorizado.

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La disposición integra además los servicios de obtención y legalización de documentos que surtan efectos dentro y fuera del territorio nacional, siempre que el cliente cumpla las condiciones previstas en la norma.

Discrecionalidad en las tarifas

La resolución concede a los directores de bufetes y a las entidades prestadoras la facultad de ajustar tarifas en función de la complejidad, la urgencia o las características del servicio solicitado.

En determinados supuestos, el precio puede incrementarse si el trámite se solicita fuera del horario laboral o requiere atención priorizada. Estos ajustes deben quedar reflejados en el contrato o en la solicitud de servicios.

Un marco legal más centralizado

Con esta actualización, el Estado cubano unifica en una sola disposición el régimen de cobro de los servicios jurídicos. La norma sustituye resoluciones anteriores y establece reglas comunes para todas las entidades autorizadas.

El texto no introduce beneficios especiales por nacionalidad ni por vínculo familiar. Tampoco prevé exenciones generales para los servicios contratados desde el exterior.

Impacto para emigrados y solicitantes extranjeros

Para cubanos residentes fuera del país y ciudadanos extranjeros con intereses legales en Cuba, la medida consolida una tendencia ya visible. Los trámites legales más demandados quedan asociados al pago en divisas, sin distinción favorable.

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La Resolución 486/2025 confirma así un modelo en el que los servicios jurídicos forman parte del esquema de captación de ingresos en moneda extranjera, con efectos directos para quienes gestionan asuntos legales en Cuba durante 2026.

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