¿Cambios para entrar plantas eléctricas a Cuba? Lo que dice el nuevo Decreto de Aduanas

Aduanas en Cuba: aclaraciones clave sobre plantas eléctricas y envíos a Cuba de estos equipos tras la nueva ley publicada este 21 de enero en la Gaceta Oficial. La publicación del Decreto Ley 108, Ley de Aduanas, en la Gaceta Oficial No. 7 (ordinaria) ha generado dudas entre viajeros, importadores y familias cubanas sobre posibles cambios en el envío y la entrada al país de plantas eléctricas y generadores.

Sin embargo, las autoridades de la Aduana General de la República (AGR) han sido claras: la nueva normativa no introduce modificaciones en las reglas vigentes para este tipo de importaciones no comerciales.

Durante una rueda de prensa, representantes de la AGR explicaron a medios oficiales, que el Decreto Ley 108 forma parte del proceso de modernización y perfeccionamiento institucional de la Aduana, pero no altera lo establecido en la Ley 22/20 ni en la Resolución 175.

Esto significa que se mantienen intactas las regulaciones para las importaciones no comerciales realizadas por personas naturales, tanto por la vía de pasajeros como por envíos.

En el caso específico de las plantas eléctricas y generadores, la Aduana ratificó los beneficios ya existentes.

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Continúa permitida la importación de hasta dos plantas eléctricas por pasajero, siempre que no se exceda el límite total de importación de 1000 dólares estadounidenses por la vía de viajeros.

También se mantienen los valores en aduana según la potencia del equipo: hasta 900 vatios se valora en 200 USD; más de 900 y hasta 1500 vatios, en 500 USD; y más de 1500 vatios y hasta 15 kVA, en 950 USD.

La Aduana advierte que, cuando se importa una planta eléctrica valorada en 950 USD (más de 1500 vatios), no es posible incluir otros artículos sujetos a pago, ya que se sobrepasaría el límite permitido. En esos casos, la normativa prevé el decomiso de las mercancías adicionales.

En cuanto al envío de plantas eléctricas por paquetería o carga no comercial, tampoco se introducen cambios con el Decreto Ley 108. Las reglas vigentes continúan aplicándose de igual manera, en correspondencia con el marco legal existente y los límites establecidos.

Las autoridades subrayan que esta nueva ley solo busca agilizar, transparentar y profesionalizar los procesos aduanales, alineándolos con estándares internacionales, sin afectar los beneficios que hoy tienen los ciudadanos para importar equipos esenciales como los generadores eléctricos.

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