Panamá extiende la visa de tránsito para cubanos hasta 2029

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Panamá extendió hasta el 30 de junio de 2029 la visa de tránsito para cubanos que hagan escala aérea en el país rumbo a otros destinos.

La prórroga quedó establecida mediante el Decreto Ejecutivo número 15, fechado el 14 de agosto de 2026. La disposición prolonga una medida migratoria aplicada desde 2022.

El requisito había vencido el 31 de julio de 2026. Con la nueva decisión, seguirá vigente durante casi tres años adicionales para los pasajeros sujetos a esa obligación.

¿Qué implica la prórroga para los viajeros cubanos?

La visa de tránsito para cubanos en Panamá no autoriza la entrada al territorio nacional. Su alcance se limita a la conexión internacional dentro del aeropuerto.

Quienes necesiten el documento podrán permanecer hasta 24 horas en el área de tránsito internacional. Durante ese período deben continuar el viaje hacia el destino declarado.

La medida afecta especialmente a pasajeros que utilizan el Aeropuerto Internacional de Tocumen para enlazar vuelos hacia Norteamérica, Sudamérica, Centroamérica o el Caribe.

Los viajeros obligados a obtener la visa deben presentar la solicitud antes de volar. El trámite puede hacerse ante un consulado panameño o mediante un apoderado legal ante el Servicio Nacional de Migración.

Las reglas vigentes indican que la gestión debe iniciarse con al menos 30 días hábiles de antelación. Por ello, conviene revisar el itinerario y la situación migratoria antes de comprar el boleto.

Cubanos exceptuados de solicitar la visa

El requisito no alcanza a todos los ciudadanos cubanos que conecten por Panamá. La normativa contempla varias excepciones según el destino, la residencia o las visas del pasajero.

Entre los exceptuados figuran quienes viajen de regreso a Cuba. También quedan fuera quienes tengan visa de turismo o residencia vigente en Panamá.

La exención incluye a personas con residencia permanente en un tercer país. También abarca a quienes posean una visa válida para ingresar al destino final.

Otras excepciones comprenden determinadas visas múltiples o residencias expedidas por Estados Unidos, Canadá, Australia, Corea del Sur, Japón, Reino Unido, Singapur y países de la Unión Europea.

La normativa también contempla a viajeros que acrediten un contrato laboral en el país de destino. Cada pasajero debe comprobar que cumple las condiciones de la categoría correspondiente.

Un requisito diferente a la visa de entrada

Panamá comenzó a exigir este permiso de tránsito a los cubanos en marzo de 2022. Después modificó el régimen para incorporar excepciones y ampliar sus períodos de vigencia.

El Decreto Ejecutivo 162, aprobado en diciembre de 2022, reorganizó la medida. Posteriormente, el Decreto Ejecutivo 30 de marzo de 2023 ajustó sus condiciones y categorías exceptuadas.

La visa de tránsito para cubanos en Panamá es distinta de la visa estampada exigida para entrar al país. Esta última se aplica a quienes buscan cruzar el control migratorio y permanecer en territorio panameño.

Antes de viajar, los pasajeros deben comprobar si su documentación permite acogerse a una excepción. La aerolínea y las autoridades migratorias pueden exigir pruebas válidas durante la revisión del itinerario.


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