Gobierno cubano asegura que medidas procapitalistas son para el bienestar de la población

Agregar Directorio Cubano
Seguir en Discover

El Gobierno cubano anunció una nueva reducción de las actividades prohibidas para mipymes, cooperativas y trabajadores por cuenta propia. La medida aparece en el Decreto 160/2026, publicado en la Gaceta Oficial No. 62.

La norma sustituye el sistema uniforme de prohibiciones aplicado desde 2024. A partir del 4 de agosto, las restricciones dependerán del tipo de actor económico y de la naturaleza de cada actividad.

El Gobierno defiende la apertura al sector privado

Lázara Mercedes López Acea, presidenta del Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales, presentó el cambio como parte de las transformaciones económicas aprobadas en junio.

La funcionaria aseguró que el proceso tuvo en cuenta preocupaciones, sugerencias e insatisfacciones planteadas por representantes del sector no estatal.

Según su explicación, el objetivo consiste en ampliar la participación privada en la economía y favorecer el acceso de la población a determinados bienes y servicios.

El discurso oficial evita hablar de privatización. Las autoridades emplean términos como flexibilización, participación y encadenamiento con empresas estatales.

Cuatro categorías sustituyen la prohibición general

El Decreto 160 elimina el tratamiento idéntico para todos los actores no estatales. Desde ahora, las actividades restringidas se dividen en cuatro grupos.

El primero incluye prohibiciones absolutas por razones de seguridad u orden público. El segundo reserva determinadas actividades al Estado por su carácter estratégico o soberano.

El tercero impide ciertos trabajos a los cuentapropistas, pero permite que los realicen mipymes, empresas privadas y cooperativas. El cuarto comprende actividades que requieren licencia, certificación o autorización previa.

La norma también establece un principio importante: toda actividad lícita que no aparezca en el anexo se considera permitida. Aun así, puede quedar sujeta a permisos específicos.

Sectores que podrán recibir participación privada

Entre las actividades flexibilizadas aparecen los servicios farmacéuticos, ópticos, de cuidado y rehabilitación. También se permite mayor participación privada en energías renovables, minería, transporte y determinados servicios industriales.

Las mipymes podrán acceder, bajo condiciones, al ensamblaje de vehículos, motocicletas y triciclos. También podrán construir determinadas embarcaciones y participar en la explotación de gasolineras o marinas.

La extracción de petróleo y gas aparece como una actividad condicionada. El Estado conservará la facultad de aprobar o rechazar cada proyecto por tratarse de recursos estratégicos.

La enseñanza formal, las agencias de noticias, la radio, la televisión y varias actividades sanitarias continúan reservadas al sector estatal.

La norma entra en vigor el 4 de agosto

El decreto fue publicado el 28 de julio y comenzará a aplicarse siete días después. Los organismos responsables deberán emitir en ese plazo los procedimientos para conceder licencias y supervisar las nuevas actividades.

El Consejo de Ministros revisará el listado como mínimo cada dos años. Esto permitirá incorporar nuevas restricciones o ampliar otras actividades según las decisiones económicas del Gobierno.

La apertura llega en medio de una fuerte crisis de abastecimiento, electricidad y combustible. También coincide con el crecimiento de las mipymes como proveedoras de alimentos, productos importados y servicios que el Estado no consigue garantizar.


Deja un comentario

Radio
Ver TV