El nuevo Arancel Consular incorpora una vía que puede resultar decisiva para cubanos en situaciones extremas fuera del país.
Determinadas personas podrán solicitar que algunos servicios sean exonerados de pago, aunque la gratuidad no será automática.
La posibilidad aparece en la Resolución 37/2026, que comenzará a aplicarse el 1 de octubre de 2026.
¿Qué situaciones contempla la resolución?
La norma menciona expresamente a ciudadanos cubanos y sus descendientes que acrediten encontrarse en estado de desamparo.
Entre los supuestos aparecen el desalojo, situaciones excepcionales o de desastre, indigencia, enfermedad mental y causas mayores inevitables e imprevisibles.
No basta con alegar una dificultad económica general. La situación deberá justificarse y ser evaluada conforme al procedimiento previsto.
La exención necesita aprobación previa
En estos casos, el jefe de la misión diplomática deberá enviar una consulta a la Dirección General de Asuntos Consulares y Cubanos Residentes en el Exterior.
La exención requiere aprobación previa.
La resolución establece además que el servicio no debe implicar erogaciones con cargo al presupuesto de la oficina consular o del Estado cubano, salvo que exista una autorización expresa.
Por tanto, no se trata de una regla que permita acudir al consulado y exigir directamente la gratuidad.
También aparecen otros casos excepcionales
El mismo apartado contempla determinados servicios para becarios cubanos relacionados con sus estudios.
Para ello, los beneficiarios deben estar comprendidos en acuerdos de otorgamiento de becas a instituciones y organismos de Cuba.
La resolución incluye además algunas certificaciones, declaraciones, actas y diligencias vinculadas con importaciones comerciales realizadas a nombre del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
Hay otras exenciones que sí están previstas directamente
El nuevo arancel contiene un grupo diferente de servicios que aparecen expresamente exceptuados del pago.
Entre ellos figuran determinadas actuaciones vinculadas con registros de nacimiento y defunción, algunos servicios para cubanos bajo tratamiento médico autorizado por el Ministerio de Salud Pública y ciertos trámites oficiales.
También se contemplan servicios asociados a misiones estatales, programas de cooperación y determinadas categorías de visados.
En materia de ciudadanía, la solicitud y otros pasos del proceso de adquisición pueden quedar exentos. La renuncia a la ciudadanía, en cambio, tiene tarifas específicas en otro apartado.
Qué debe hacer una persona que considere estar incluida
Quien se encuentre en una de las situaciones excepcionales previstas debe comunicarse con la oficina consular correspondiente y explicar su caso antes de iniciar la gestión.
La decisión no depende únicamente del funcionario que atienda al usuario.
El nuevo esquema obliga a tramitar la autorización ante las instancias previstas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Esta disposición puede ser especialmente relevante para emigrados que atraviesen emergencias graves y necesiten un servicio consular indispensable sin disponer de recursos suficientes para asumirlo.

















