Registro Mercantil en Cuba: Cooperativas no agropecuarias

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El Registro Mercantil en Cuba es un Registro jurídico. A partir de su inscripción adquieren personalidad jurídica los sujetos y entran en vigor los contratos.

El Sistema del Registro Mercantil en Cuba garantiza la seguridad jurídica en el tráfico mercantil. Se halla conformado por:

  • El Registro Mercantil Central, sito en ciudad de La Habana, con jurisdicción y competencia en todo el territorio nacional
  • b) Los Registros Mercantiles Territoriales, adscritos al Ministerio de Justicia, con competencia y jurisdicción provincial.

En el Registro Mercantil se inscriben los sujetos y actos siguientes:

  • Empresas estatales en perfeccionamiento empresarial
  • Sociedades mercantiles de capital totalmente cubano y sus sucursales en el territorio nacional
  • Empresas mixtas, contratos de asociación económica internacional y empresas de capital totalmente extranjero
  • Personas naturales extranjeras autorizadas a operar en Cuba con independencia
  • Sucursales de sociedades mercantiles extranjeras
  • Cooperativas no agropecuarias
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Las cooperativas no agropecuarias:

La cooperativa no agropecuaria se formaliza ante Notario Público y adquiere personalidad jurídica con su inscripción en el Registro Mercantil.

En la Escritura Pública Notarial de Constitución de Cooperativas no agropecuarias de Primer Grado, se incorporará una copia de la autorización del órgano local del Poder Popular, organismo o entidad nacional, todo lo cual queda unido legalmente a la escritura. Además, incluirá la constancia de la inversión del capital de trabajo mínimo.

Las personas naturales de Cuba para ser socios de una cooperativa no agropecuaria deben cumplir los requisitos siguientes:

  • Tener 18 años de edad
  • Ser residente permanente en Cuba
  • Estar aptos para realizar las labores productivas o de servicios que requiere su actividad.
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Los Registradores Mercantiles evaluarán los documentos presentados, la validez de su contenido, la capacidad y legitimación de los solicitantes y tienen un plazo de hasta 15 días naturales para la conclusión del trámite de inscripción en el Registro Mercantil.



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