El sacrificio ilegal de ganado mayor y la venta de carne en el Código Penal de Cuba
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El sacrificio ilegal de ganado mayor y la venta de carne en el Código Penal de Cuba

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Sí, en abril pasado Cuba fue noticia por autorizar la venta de carne de res. En este artículo detallaremos las sanciones previstas en el Código Penal para el sacrificio ilegal de ganado mayor y la venta de sus carnes.

Como parte de 63 medidas ideadas para “potenciar la producción de alimentos en Cuba”, se permitió “la comercialización de carne de ganado menor y mayor, después de cumplir con el encargo estatal y siempre que se garantice que no haya decrecimiento de la masa ganadera”.

Conocidas ya las sanciones previstas en el Código para el abuso de la libertad de cultos, los insultos a gobernantes, específicamente al Presidente cubano y la venta ilegal de divisas, hoy detallaremos el sacrificio ilegal de ganado mayor y la venta de sus carnes.

Según el texto normativo, las sanciones pueden ir desde multas a privación de libertad de dos a cinco años o tres a ocho años.

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Específicamente, la sección decimoséptima, en su Artículo 317 establece:

  • La persona que, sin autorización previa del órgano específicamente facultado para ello, sacrifique ganado mayor, es sancionado con privación de libertad de tres a ocho años.
  • Incurrirá en sanción de privación de libertad de dos a cinco años, quien venda, transporte o comercie con carne de ganado mayor sacrificado ilegalmente.
  • Asimismo, se dispone sanción de privación de libertad de seis meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas, a quien, a sabiendas de su procedencia, adquiera carne de ganado mayor sacrificado ilegalmente.
  • Se explica que, si el hecho descrito en el apartado anterior consiste en adquirir carne de ganado mayor sacrificado ilegalmente para suministrarla a centros de elaboración, producción, comercio o venta de alimentos, se incurre en sanción de privación de libertad de uno a tres años o multa de trescientas a mil cuotas o ambas.
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VENTA DE CARNE DE RES EN CUBA

En febrero de este año el periódico Escambray avisaba sobre el poco impacto que tuvo la autorización de vender carne en la provincia de Sancti Spíritus: “bajó la natalidad de la masa ganadera, se disparó la mortalidad y creció el hurto y sacrificio”.

El artículo se centró en el “descontrol” (se reportaban las muertes de vacunos tardíamente) y de 1746 hurtos.

Aun así, la Empresa Agropecuaria Obdulio Morales, del municipio espirituano de Yaguajay, comercializa sus producciones en dólares a través de la plataforma: www.bazar-virtual.ca

El código penal cubano entrará en vigor luego de los 90 días de su publicación. Puedes descargar el texto AQUÍ.

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4 Comentarios

1 Comentario

  1. Roberto

    02/11/2023 - 9:49 pm en 9:49pm

    No es cierto que la máxima sanción por hueto y sacrificio de ganado mayor es de 8 años,ya que hay muchos sancionados a más de 20 años de prisión,y muchos son jóvenes que han cometido el delito por primera vez, es decir, primarios reales.

    • Roberto Jiménez

      03/11/2023 - 7:36 am en 7:36am

      Hola,
      Gracias por leernos. La información es la oficial del Código Penal.
      Un saludo.

  2. Yalilis Rodríguez

    23/07/2023 - 7:17 am en 7:17am

    Si una persona va a un mortorio y no se sabía pero bueno no sé puede ir esa es la ley y coge huesos y algo de la cabeza ya sabe que viene la policía porque una persona aviso decide entregársela personalmente a la misma que delito hay porque aquí en San Cristóbal trabajan muy mal

  3. Chucho

    25/05/2022 - 3:02 pm en 3:02pm

    La solución es qué el estado cubano venda carne de res y otros productos a precio adcequible

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