Cuba permite que docentes activos ofrezcan repasos por cuenta propia. Conoce los requisitos, límites y cuándo entra en vigor la medida.
Los maestros y profesores activos en Cuba podrán solicitar autorización para ofrecer repasos particulares como trabajadores por cuenta propia desde el 9 de septiembre de 2026. La posibilidad aparece en una nueva resolución del Ministerio de Educación publicada este 2 de septiembre, que elimina una prohibición vigente desde 2022.
El cambio abre una vía legal para que los docentes complementen sus ingresos mediante clases privadas. Sin embargo, deberán cumplir determinadas condiciones y no podrán descuidar sus responsabilidades dentro del sistema educativo cubano.
¿Qué cambia para los maestros cubanos?
La Resolución 15 de 2022 prohibía expresamente que los docentes activos trabajaran como repasadores o profesores particulares de idiomas, mecanografía y taquigrafía. La nueva Resolución 30 de 2026 deroga aquella disposición y reconoce que esos profesionales pueden solicitar la correspondiente autorización.
La confirmación aparece en el artículo 19, que obliga a los directores de las instituciones educativas a conocer “sobre la solicitud y aprobación de los docentes de su institución educativa para ofrecer servicios de repaso como trabajador por cuenta propia”. De este modo, no se trata solamente de una interpretación: la norma contempla directamente la participación de docentes activos en esa actividad.
Condiciones para ofrecer repasos particulares
Los repasos deberán realizarse después de que el profesor cumpla sus obligaciones en la escuela y una vez concluido el horario escolar del estudiante. Asimismo, quienes ejerzan esta actividad deberán contar con habilitación, aunque los docentes activos quedan exentos de la certificación de saberes prevista cada dos años.
La resolución prohíbe utilizar los locales de las escuelas y los cuadernos de trabajo de los alumnos para desarrollar las clases privadas. Tampoco permite expedir títulos o certificados oficiales mediante estos servicios de repaso.
¿Podrán dar clases a sus propios alumnos?
La norma no prohíbe expresamente que un maestro repase a estudiantes pertenecientes a sus grupos. No obstante, exige que los directores lleven un control de los alumnos atendidos por profesores activos, precisando cuáles forman parte de sus clases habituales.
También establece que los directores acuerden con los repasadores una “contribución social” para atender a estudiantes vulnerables sin posibilidades de pago. Sin embargo, no define cuántos alumnos deben recibir esta ayuda ni establece los precios que podrán cobrar los profesores.
¿Cuándo comienzan las nuevas reglas?
La resolución entrará en vigor siete días después de su publicación, por lo que comenzará a aplicarse el 9 de septiembre. El texto también regula las clases de idiomas, el cuidado infantil y los servicios privados de taquigrafía y mecanografía.
Directorio Cubano había explicado anteriormente cómo funcionaba la licencia de profesor de idiomas y mecanografía en este antecedente. La nueva regulación puede consultarse directamente en la Gaceta.
















