Sanciones a la venta ilegal de divisas en el Código Penal de Cuba

Directorio Cubano pone a disposición de sus lectores algunos de los artículos que más han llamado la atención del nuevo Código Penal recién aprobado en la isla.

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En dos entregas anteriores, detallamos las sanciones previstas para el abuso de la libertad de cultos y los insultos a gobernantes, específicamente al Presidente cubano.

En esta ocasión, vamos a hacer referencia a los “castigos” que impone el texto normativo para el tráfico ilegal de moneda nacional, divisas, metales y piedras preciosas.

Las condenas para estos delitos se reflejan en la Sección decimosexta, artículo 316. 1.

Aunque con anterioridad se ha explicado que esta no es una novedad del Código Penal, sí adquiere relevancia en el escenario del Ordenamiento, las tiendas en dólares y el mercado informal de divisas.

Venta ilegal de divisas en el Código Penal de Cuba

Según el documento, se sanciona con privación de libertad de dos a cinco años o multa de quinientas a mil cuotas o ambas, a quienes incurran en las siguientes contravenciones:

  • Exportar o importar moneda o valores públicos nacionales, así como moneda extranjera o valores denominados en moneda extranjera;
  • La exportación de oro, plata, platino u otros metales preciosos en lingotes, metales crudos o manufacturados, o piedras preciosas;
  • Obtener fondos pagaderos en el extranjero alegando causas falsas o utilizando cualquier otro medio fraudulento;
  • Vender, ceder, trasmitir o adquirir moneda, cheque, giro, cheque de viajero o cualquier otro efecto de crédito análogo denominado en moneda extranjera, infringiendo las disposiciones legales;
  • Realizar pagos a cuenta de otra persona contra reembolso en el extranjero o cualquier otro servicio con análogo fin;
  • Hacer operaciones de cambio en mercados negros de monedas nacionales o extranjeras o por canales distintos a los legalmente establecidos.
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Asimismo, se prevé la sanción de privación de libertad de seis meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas para quienes, en el extranjero, por sí o por persona intermedia, realicen operaciones financieras sin previa autorización del órgano estatal competente.

Se dispone la privación de libertad de seis meses a dos años o multa de doscientas a quinientas cuotas, o ambas para las personas que tengan en su poder alhajas, metales y piedras preciosas con el objetivo de “traficarlos, exportarlos, venderlos o cederlos”.

Busca el artículo completo AQUÍ.

25 comentarios en «Sanciones a la venta ilegal de divisas en el Código Penal de Cuba»

  1. No se ke decir, no entiendo nada,me kedo sin palabras.no tengo para comprar mlc, pero pero no creen ke estamos hacia atrás cuando el dólar estaba penado?está bien las prendas preciosas .pero el mlc el gobierno la va a vender a la población, donde se puede comprar?todo prácticamente está en mlc.¿entonces?

  2. Los primeros ilegales en este país es el gobierno con su Asamblea nefasta e incompetente, que contradice las necesidades del pueblo y se abastecen por de tras de los ojos del mismo, volvemos al pasado con sus leyes retrógradas y mezquinas que humilló y maltrató a nuestro pueblo durante años poniendo en cárcel a las personas con divisas en la mano creo que para evitar todas esas cosas lo primero es poner las cosas claras, como gobierno a través del Banco yo te vendo la moneda y tu me vendes la moneda y evitarás asta problemas económicos catastrófico que estamos pasando.

  3. Mira que a la gente le gusta hacerse el tonto! En todo país la exportación de valores está regulada y el manejo ilegal de valores está sancionado. El código se refiere a tráfico, negocio, no a un simple intercambio entre dos ciudadanos. EL QUE NO LA DEBE NO LA TEME!

  4. Seguimos haciendo leyes que contradicen el funcionamiento social planificado y aprobado por el gobierno, deben estudiar y tener el valor de reconocer la necesidad de cambios en el funcionamiento social,para nada afectarà la existencia de una patria libre e independiente.

  5. Todo hasta un día que el pueblo vuelva a protestar en las calles que es la única forma que tiene dé protestar por la prensa no puede está ley es para los pobres que son los únicos perjudicados los que no tienen por qué él gobierno no acaba primero con los vagos que no trabajan y venden a sobré precio a los que con su pobre pensión que no alcanza para nada los perjudican con estás leyes

  6. QUE FALTA DE HUMANISMO CON ESA REPRESIÓN HACIA EL PUEBLO CUBANO,MIENTRAS EL PUEBLO NO TENGA LIBERTAD COMERCIAL,NÍ LIBERTAD DE EXPRESIÓN,ENTONCES LAS CARCELES SE LLENARAN DE PERSONAS NECESITADAS E INOCENTES.

  7. Y en el nuevo código penal no pusieron algún artículo para sancionar a quien te vende todo en una moneda que no te paga y además tampoco te facilita adquirirla????.

  8. Dios mío hasta donde va a llegar el descaro de esa dictadura, me sube la tensión arterial cada vez que veo esas noticias. Es una total injusticia, NOOOO TE VENDEN NINGUNA MONEDA EN EL BANCO y tampoco puedes comercializarla. Hasta cuando van hacer unos bárbaros y cada vez más ponen para reprimir más al pueblo

  9. Si siguen prohibiendo a los cubanos pues cuba se va a quedar vacía, el mercado informal siempre ha existido lo que ahora en las redes se hace más público, no se porqué no puedo publicar lo que vendo, Compro o cambio es mi necesidad si el gobierno no me da nada ni puedo comprar tampoco en ninguna tienda que lo vendan, ¿ no lo puedo adquirir y listo? Eso no debería además hay mucha escasez para seguir poniendo leyes que solo hace reprimir al pueblo, esto va a pasar se van a quedar sin cubanos para construir, para educar, para venderles, para sancionar, para reprimir ??

  10. Esté código penal impuesto a los ciudadanos cubanos es una falta de respeto. Este sistema es una dictadura, hasta cuando seguiremos aguantando como carneros. Que falta de respeto, yo como ciudadano no vote por esa Ley, entonces es o no es una dictadura. Tienen miedo de perder el poder, por eso se necesita que EE.UU los apriete más, porque se llenan la boca de divulgar en los canales televisivos que somos una potencia médica, y que EE.UU son los malos, pero mira que necesitan el DOLAR para poder comercializar. Hasta Cuando Cubanos, Hasta Cuando.

  11. Es necesario también a seguir el paso de muchos impectores que están corrompidos se aprovechan de su puesto de trabajo y no multan para que el cinta propia le pagué el favor

  12. Las medidas estan buenas, pues un buen control nunca esta demás, pero ¿ donde nos dirigimos en caso de tener en su poder metales preciosos, ¿ Donde se puede vender? Ó simplemente es patrimonio Nacional.

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