Viajar por turismo a España: en revisión restricciones actuales


Se han extendido las restricciones de entrada a España, basadas en la recomendación de la Unión Europea de junio de 2020. No obstante, estas podrían suprimirse próximamente. Veamos los detalles.

La Orden INT/657/2020, de 17 de julio, que mantiene la aplicación de una limitación temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países (incluido Cuba) a la Unión Europea y países asociados Schengen se ha prorrogado.

Dado que sus efectos finalizaron el pasado 30 de abril y no ha variado la recomendación del Consejo, las autoridades en España han decidido extender su aplicación.

Sin embargo, en esta ocasión, el periodo de prórroga será solo de 15 días y no de un mes. Así consta en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La nueva extensión surtirá efecto hasta las 24:00 horas del 15 de mayo de 2022, “sin perjuicio de su eventual modificación para responder a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito de la Unión Europea”, agrega el BOE.

De momento, el listado de terceros países autorizados a entrar a la UE (que no incluye a Cuba) se mantiene inalterado.

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No obstante, y esta es otra importante modificación del texto, se espera una “posible próxima supresión en el marco de una revisión más profunda de la Recomendación del Consejo.”

El Consulado General de España en La Habana informa en su sitio web que mientras se aplique esta restricción de viajes no esenciales, no se expiden visados de corta estancia por motivos de turismo, visitas familiares, etc.

Los autorizados a viajar a España con un visado de estancia Schengen se incluyen en las siguientes categorías: actores culturales, misiones comerciales, viajes académicos, ferias comerciales, visitas Ministerio/organismo Cubano (excepto MINREX).

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