La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó el pasado 19 de junio de 2025 la autorización para que cinco compañías extranjeras establezcan oficinas de representación en el país.
Según la información oficial, aunque estas entidades no podrán vender directamente ni importar mercancías con fines comerciales, su instalación busca fortalecer relaciones con vistas a futuros negocios y colaboraciones en sectores estratégicos para la economía nacional.
Estas son las nuevas compañías extranjeras:
1. Importaciones y Distribuciones LACOR, S.A. de C.V. (México)
Sector principal: Alimentación y productos de consumo
Su objeto es la promoción y representación de una amplia gama de productos: alimentos, semillas, vinos, conservas, dulces, embutidos, quesos, harinas, galletas, golosinas, productos de limpieza, cosmética, plásticos, papel, entre otros.
2. ROLOFF Group, Inc. (Panamá)
Sectores: Alimentación, construcción, transporte y energía
Se enfocará en promover materias primas, productos terminados y equipamiento para estos sectores. Además, estará vinculada a proyectos tecnológicos para generar electricidad a partir de fuentes renovables y montar plantas industriales para procesar desechos y productos agrícolas.
3. SEVINCO, S.L. (España)
Sector: Maquinaria y motores
La empresa se dedicará a la representación y asistencia técnica de todo tipo de motores, así como sus partes y accesorios. Formaliza ahora su inscripción conforme a nuevas normativas, tras haber operado previamente en Cuba.
4. LUX SKY CARGO, Inc. (Estados Unidos)
Sectores: Transporte, alimentación, tecnología y bienes de consumo
Representará productos diversos: alimentos, bebidas, combustibles, electrodomésticos, piezas automotrices, contenedores, misceláneas y telefonía celular.
5. GENERAL FRUIT S.R.L. (Italia)
Sector: Bebidas, alimentación y materias primas
Promoverá productos como siropes, preparados para cócteles, café, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, así como ingredientes para la producción de alimentos.
¿Qué aportarán estas compañías a Cuba?
Estas oficinas no podrán vender, importar, exportar ni distribuir mercancías directamente dentro del país. Su función está limitada a representar a sus empresas matrices, explorar oportunidades de negocio y facilitar contactos y servicios técnicos.
Tal como recoge textualmente la Gaceta Oficial, las licencias “no autorizan importar y exportar directamente con carácter comercial; ni realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio internacional; ni distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.”
Asimismo, las empresas deben formalizar su inscripción en un plazo de 90 días tras la entrada en vigor de cada resolución. Si no lo hacen, perderán automáticamente el derecho concedido.
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