Gaceta Oficial de Cuba establece nuevas normas sobre precios y tarifas

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Una nueva edición especial de la Gaceta Oficial de Cuba actualiza las reglas para aprobar y modificar precios y tarifas en el país.

El documento incluye alimentos normados, electricidad, agua, gas, combustibles y otros servicios básicos para la población.

La publicación no anuncia precios nuevos

La edición especial número 9, fechada el 29 de julio de 2026, presenta una versión actualizada y concordada del Decreto 24 de 2020.

Por tanto, el texto no establece de manera directa nuevos importes para los productos y servicios incluidos.

Su objetivo es aclarar qué autoridades pueden aprobar, modificar y publicar esas tarifas después de varios cambios legales.

La actualización responde al Decreto 156, aprobado el 29 de junio de 2026 y publicado durante julio.

El Consejo de Ministros mantiene decisiones clave

El Decreto 24 reserva al Consejo de Ministros la aprobación y modificación de determinados precios considerados estratégicos.

Las decisiones correspondientes se formalizan mediante resoluciones emitidas por el ministro de Finanzas y Precios.

Los precios que no aparecen en el anexo pueden ser aprobados por ese ministro o por las autoridades en quienes delegue.

La facultad delegada puede retirarse cuando existan deficiencias en su aplicación o cuando lo requiera el interés estatal.

Alimentos y servicios incluidos en el listado

El anexo reúne mercancías normadas y servicios básicos con especial importancia para el nivel de vida de la población.

Entre los alimentos aparecen arroz, aceite vegetal, frijoles, azúcar, pollo, huevos, picadillo texturizado y mortadela.

También incluye pastas económicas, café mezclado, pan normado, leche para niños, yogur, carne de res, compotas y pescado protegido.

Dentro de los servicios figuran las tarifas eléctricas residenciales, el abasto de agua, el alcantarillado y el gas licuado.

La lista incorpora además el gas manufacturado, los combustibles vendidos por CIMEX y el pago por la vivienda.

El Gobierno puede cambiar tarifas al eliminar subsidios

La norma autoriza al ministro de Finanzas y Precios para aprobar o delegar modificaciones posteriores en determinados casos.

Esto puede ocurrir cuando el Gobierno decida eliminar gratuidades o subsidios considerados indebidos dentro del Presupuesto del Estado.

El Consejo de Ministros deberá aprobar por primera vez los precios de esos productos o servicios cuando no pertenezcan a su nomenclatura.

La disposición cobra relevancia por las transformaciones económicas anunciadas recientemente, que contemplan revisar subsidios y mecanismos de protección social.

Revisión de productos de primera necesidad

La Comisión de Precios continúa presidida por el ministro de Finanzas y Precios e integrada por representantes de varios organismos.

Entre sus funciones está analizar los precios minoristas de productos considerados de primera necesidad.

El decreto establece que esos precios deberán revisarse con una periodicidad anual antes de elevar las propuestas al nivel correspondiente.

El ministro también conserva la facultad para fijar tasas máximas de márgenes comerciales en todas las actividades de comercialización.

También aparecen precios de acopio agropecuario

El anexo mantiene varios productos cuyos precios de acopio tienen importancia para la economía nacional.

Entre ellos figuran la leche fresca de ganado bovino, el ganado bovino, el café arábico y robusta, la caña de azúcar y la madera.

Otros productos fueron retirados del listado mediante decretos aprobados en años anteriores.

La Gaceta organiza en un solo texto todas esas modificaciones, pero cualquier aumento concreto requerirá una resolución o decisión posterior.


4 comentarios en «Gaceta Oficial de Cuba establece nuevas normas sobre precios y tarifas»

  1. Esto de los precios es un descaro sin límites, como se le puede ocurrir a Marrero y todo el consejo de ministros de liberar precios a los productos básicos, si aún sin liberarlo solo lo podían adquirir los que tienen negocio que son los dueños de nuestro país, aquí los que viven de un salario pagado por el estado no pueden adquirir lo más simple un poco de aceite por el valor devastador que ha alcanzado, ya es un abuso sin límites a nuestro pueblo, a la hora de decidirlo esta medida de liberar los precios no se penso en nuestros jubilados y en los que ahora van a ganar el salario minimo de 3210, eso no da para nada y la solución no es subir más el salario porque cuando suben un peso lo millonarios dueños de mipime y los TCP suben 20 veces el precio a sus mercancías, busquen soluciones constructivas no destructivas. fin de la cita

  2. si esos son los precios el jubilado que busque la soga y se cuelgue.ante que se quede en el esqueleto,no hay beneficios para los vulnerables en este pais. ya ni los niños son priorizado, sin leche, sin pan, y muchos menos las embarazada, si no bajan los precios en el mercado informal, seremos seres muertos.

  3. En serio?, aquí por años no importa cuánta resolución o ley aprueben en el gobierno, la única ley en la jungla que son los precios en el país, que lo mismo aplica para privados que estatales es «el máximo valor por un producto o servicio que alguien sea capaz de pagar», si no me creen los invito a caminar las arterias del país para que así lo constaten. Gracias.

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