Gaceta Oficial de Cuba establece nuevas normas sobre precios y tarifas

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Una nueva edición especial de la Gaceta Oficial de Cuba actualiza las reglas para aprobar y modificar precios y tarifas en el país.

El documento incluye alimentos normados, electricidad, agua, gas, combustibles y otros servicios básicos para la población.

La publicación no anuncia precios nuevos

La edición especial número 9, fechada el 29 de julio de 2026, presenta una versión actualizada y concordada del Decreto 24 de 2020.

Por tanto, el texto no establece de manera directa nuevos importes para los productos y servicios incluidos.

Su objetivo es aclarar qué autoridades pueden aprobar, modificar y publicar esas tarifas después de varios cambios legales.

La actualización responde al Decreto 156, aprobado el 29 de junio de 2026 y publicado durante julio.

El Consejo de Ministros mantiene decisiones clave

El Decreto 24 reserva al Consejo de Ministros la aprobación y modificación de determinados precios considerados estratégicos.

Las decisiones correspondientes se formalizan mediante resoluciones emitidas por el ministro de Finanzas y Precios.

Los precios que no aparecen en el anexo pueden ser aprobados por ese ministro o por las autoridades en quienes delegue.

La facultad delegada puede retirarse cuando existan deficiencias en su aplicación o cuando lo requiera el interés estatal.

Alimentos y servicios incluidos en el listado

El anexo reúne mercancías normadas y servicios básicos con especial importancia para el nivel de vida de la población.

Entre los alimentos aparecen arroz, aceite vegetal, frijoles, azúcar, pollo, huevos, picadillo texturizado y mortadela.

También incluye pastas económicas, café mezclado, pan normado, leche para niños, yogur, carne de res, compotas y pescado protegido.

Dentro de los servicios figuran las tarifas eléctricas residenciales, el abasto de agua, el alcantarillado y el gas licuado.

La lista incorpora además el gas manufacturado, los combustibles vendidos por CIMEX y el pago por la vivienda.

El Gobierno puede cambiar tarifas al eliminar subsidios

La norma autoriza al ministro de Finanzas y Precios para aprobar o delegar modificaciones posteriores en determinados casos.

Esto puede ocurrir cuando el Gobierno decida eliminar gratuidades o subsidios considerados indebidos dentro del Presupuesto del Estado.

El Consejo de Ministros deberá aprobar por primera vez los precios de esos productos o servicios cuando no pertenezcan a su nomenclatura.

La disposición cobra relevancia por las transformaciones económicas anunciadas recientemente, que contemplan revisar subsidios y mecanismos de protección social.

Revisión de productos de primera necesidad

La Comisión de Precios continúa presidida por el ministro de Finanzas y Precios e integrada por representantes de varios organismos.

Entre sus funciones está analizar los precios minoristas de productos considerados de primera necesidad.

El decreto establece que esos precios deberán revisarse con una periodicidad anual antes de elevar las propuestas al nivel correspondiente.

El ministro también conserva la facultad para fijar tasas máximas de márgenes comerciales en todas las actividades de comercialización.

También aparecen precios de acopio agropecuario

El anexo mantiene varios productos cuyos precios de acopio tienen importancia para la economía nacional.

Entre ellos figuran la leche fresca de ganado bovino, el ganado bovino, el café arábico y robusta, la caña de azúcar y la madera.

Otros productos fueron retirados del listado mediante decretos aprobados en años anteriores.

La Gaceta organiza en un solo texto todas esas modificaciones, pero cualquier aumento concreto requerirá una resolución o decisión posterior.


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