¿Vas a vender, donar o heredar un carro en Cuba? Estas son las reglas que ya debes cumplir

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Si tienes un vehículo en Cuba y piensas traspasarlo, el trámite ya no funciona exactamente igual que antes. Las nuevas reglas afectan la forma de pago, los documentos que deben presentarse, los impuestos y el registro del nuevo propietario.

El Decreto 163/2026 entró en vigor durante agosto y sustituyó disposiciones anteriores sobre transmisión de vehículos. La norma alcanza compraventas, donaciones, permutas y herencias, con requisitos que conviene revisar antes de iniciar cualquier gestión.

Qué vehículos y operaciones están incluidos

Las reglas se aplican a automóviles, motocicletas, triciclos, remolques y semirremolques. También abarcan determinadas operaciones relacionadas con motores, carrocerías, cabinas, chasis y cuadros de motocicletas.

Pueden participar personas naturales cubanas y extranjeros con residencia reconocida en el país. La norma contempla residencia permanente, temporal, inmobiliaria, provisional y humanitaria.

También pueden intervenir personas jurídicas cubanas no estatales y algunas entidades extranjeras autorizadas. Las empresas estatales mantienen procedimientos específicos.

Antes de vender o donar, hay que pasar por notaría

La compraventa, la donación y la permuta deben formalizarse ante notario público. El propietario tendrá que demostrar que el vehículo está legalmente inscrito y presentar la documentación que acredita su titularidad.

El comprador, además, deberá declarar que el dinero utilizado tiene origen lícito. También tendrá que informar la relación de vehículos de motor, remolques y semirremolques que posee.

Ese requisito introduce un control adicional sobre las operaciones entre particulares y sobre los fondos empleados en la adquisición.

Se puede pagar en dólares, pero no en efectivo

La norma permite que una compraventa se pacte en pesos cubanos, dólares estadounidenses o su equivalente en otras monedas convertibles.

Sin embargo, el pago no puede realizarse en efectivo. Deben utilizarse los instrumentos autorizados por el Banco Central de Cuba.

Cuando sea necesario convertir una moneda en otra, se aplicará la tasa oficial vigente en el momento de la operación.

Estos valores influyen en los impuestos

El Ministerio de Finanzas y Precios estableció valores mínimos de referencia según el tipo y la antigüedad del vehículo.

Para un automóvil de hasta cinco años, el valor mínimo es de 2040000 CUP. Si tiene más de cinco y hasta quince años, la referencia baja a 1020000 CUP. Para autos con más de quince años, queda en 510000 CUP.

En los autos rurales, los valores son de 2080000, 1340000 y 670000 CUP, según la antigüedad.

Las motocicletas y triciclos tienen referencias de 265000, 132500 y 66250 CUP. Para ciclomotores, los valores son de 132500, 66250 y 33125 CUP.

Estas cifras no equivalen necesariamente al precio real pactado entre vendedor y comprador. Funcionan como referencias mínimas para calcular los tributos correspondientes.

Qué impuestos pueden aplicarse

La transmisión puede generar el Impuesto sobre Transmisión de Bienes y Herencias. Según el tipo de operación, también puede corresponder el Impuesto sobre los Ingresos Personales.

Si el negocio se formaliza en dólares u otra moneda convertible, el contribuyente puede pagar los tributos en divisas o en pesos cubanos. Para la conversión se utiliza la tasa oficial.

El nuevo propietario tiene 30 días para registrar el vehículo

Después de completar la transmisión, el nuevo titular dispone de 30 días para inscribir el cambio en el Registro de Vehículos correspondiente a su domicilio.

Para hacerlo deberá presentar el documento de propiedad, la licencia de circulación y la constancia del pago de los impuestos.

Los vehículos comprados en comercializadoras autorizadas tienen un procedimiento más sencillo. En esos casos, para la inscripción basta el documento que acredita la propiedad.

Cuando se trate de un vehículo importado directamente por una persona natural, será necesario presentar el documento de nacionalización.

Qué pasa si el dueño vive fuera de Cuba

La norma también contempla a propietarios que residen en el extranjero. El titular puede viajar a Cuba y realizar personalmente el trámite ante notario.

Otra posibilidad es designar un representante voluntario o legal. Esa representación debe cumplir las formalidades previstas por la legislación cubana.

Este punto resulta especialmente importante para familias que conservan vehículos en la Isla mientras el propietario reside fuera del país.

Y si el propietario falleció

Cuando el titular ha muerto, el vehículo pasa a tramitarse mediante las reglas generales de sucesión.

Los herederos deberán demostrar legalmente su derecho antes de inscribir el medio de transporte a su nombre. Si el asunto no puede resolverse por la vía notarial, puede ser necesario acudir a los tribunales.

En la práctica, vender, donar o heredar un vehículo en Cuba exige ahora revisar con más cuidado la documentación, la forma de pago y los plazos. Cualquier error puede retrasar la inscripción del nuevo propietario o complicar la liquidación de los impuestos.


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