Atención cubanos: nueva “Ley de nietos” de España, a punto de su aprobación

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Atención cubanos, con herencia española y posibilidad de adquirir la ciudadanía de España. Esta semana se debatirá la nueva “ley de nietos” o Ley de Memoria Democrática, de manera oficial, en las cortes españolas. Pero más allá del debate, ya existe un pacto tras bambalinas, para que la ley se apruebe y se aplique en los próximos meses. 

¿En qué se beneficiaría un descendiente de español en el exterior? Este todavía proyecto dispone una regla para el acceso a la nacionalidad ibérica de los hijos y nietos de los exiliados nacidos en el extranjero, debido a los conflictos sociales ocurridos durante la dictadura de Franco. 

La misma elimina el requisito de un año de residencia en España para el acceso a la nacionalidad de los descendientes de exiliados. El pacto se produjo entre PSOE y el partido independentista vasco, EH Bildu, así que con ello, PSOE y Podemos, tendrían la mayoría absoluta para aprobar la ley. 

Luego del duro debate que se avecina en las Cortes, de eso no tenga dudas, lo siguiente sería un camino más o menos largo en el Senado. Pero la realidad, es que ya está más cercano el día en que el texto definitivo se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE). 

ACCESO A LA CIUDADANÍA ESPAÑOLA, SEGÚN NUEVA “LEY DE NIETOS”

“Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española, podrán optar a la nacionalidad española, a los efectos del artículo 20 del Código Civil”, se lee en el proyecto de ley. 

También habrá nacionalidad española para: los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978. 

Y los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ley o en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007. Lo mejor es que no se restringe la edad para hijos o nietos, como en la anterior. Una vez aprobada, en dos años, podría iniciarse la tramitación de esta nacionalidad. 


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