¿Quiénes son elegibles para la Green Card inmigrante especial?

En medio del proceso de solicitud de la Green Card en Estados Unidos, varias categorías de inmigrantes pueden emplear el conocido formulario I-360. Este es un documento relacionado con la Petición para Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial.

El Servicio Nacional de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (USCIS) aclaró que la petición se emplea para clasificar a un extranjero de la siguiente forma.

Primero: Amerasiático (Nacido luego del 12/31/1950 y antes de 10/23/1982).

Segundo: Viudo o viuda de un ciudadano estadounidense.

Tercero: Autopeticionario VAWA que es cónyuge maltratado o abusado por un ciudadano o residente permanente legal de los Estados Unidos bajo VAWA.

Cuarto: Autopeticionario VAWA que es el hijo de un ciudadano o residente permanente legal maltratante.

Quinto: Autopeticionario VAWA que es el padre maltratado o abusado de un hijo(a) ciudadano estadounidense que tiene 21 años de edad o más, o inmigrante especial.

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En este último caso mencionado se definen como inmigrantes especiales a las siguientes figuras. Un trabajador religioso o Empleado de la compañía del Canal de Panamá, trabajador del gobierno de la Zona del Canal, empleado del Gobierno de los Estados Unidos en la Zona del Canal.

Otros casos de inmigrante especial

En esta categoría entra también un médico autorizado y practicante de medicina en un estado de Estados Unidos a partir del 9 de enero de 1978. Otro caso es un Empleado de organización internacional u Empleado o Familiar OTAN-6.

Asimismo integra la lista un joven que necesita la protección de un tribunal de menores porque ha sido abusado. Califica, además, si ha sido objeto de negligencia o abandonado por un padre o Miembro de las Fuerzas Armadas.

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Entre otros casos, califican a la Green Card los nacionales en Iraq y Afganistán con sus requisitos especiales, según USCIS.

Si presentas correctamente el Formulario I-360 reducirás la probabilidad de demoras o errores en la comunicación con USCIS. Desde el pasado día 10 de febrero los autopeticionarios cónyuges, hijos y padres abusados deben presentar el Formulario I-360 en el Centro de Servicio de Nebraska. Lo mismo sucederá respecto a las peticiones para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial.

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