El Supremo rechazó este 30 de octubre ampliar la suspensión cautelar del voto a beneficiarios de la Ley de Nietos residentes en España.
La decisión alcanza también a sus hijos inscritos en el censo electoral de residentes en España (CER). Entre los beneficiarios figuran cubanos que adquirieron la nacionalidad española mediante esta norma y están registrados en ese censo.
El tribunal respondió a una solicitud de Iustitia Europa presentada ante las elecciones generales del 29 de noviembre. La Sala de lo Contencioso-Administrativo rechazó incorporar a esos electores a las restricciones cautelares.
La decisión distingue entre residentes y electores en el exterior
La providencia fundamenta el rechazo en que la petición «se refiere a cuestiones que no forman parte del objeto de este recurso».
Ese pronunciamiento no elimina las restricciones que afectan a determinados nacionalizados inscritos en el censo de españoles residentes en el extranjero (CERA). El rechazo se refiere a la ampliación solicitada para quienes figuran en el CER.
Iustitia Europa presentó sus escritos los días 27 y 28 de octubre. Alegaba que las resoluciones anteriores no comprendían expresamente a los nacionalizados residentes en España ni a los hijos de los beneficiarios.
La petición sobre los descendientes en el extranjero sigue pendiente
En otra providencia, el Supremo concedió tres días a las partes para presentar alegaciones sobre la posible extensión de la suspensión a descendientes.
La formación había pedido adoptar esa medida sin escuchar previamente a las partes. El tribunal rechazó esa vía y acordó tramitarla como una solicitud cautelar, pendiente de resolución para los descendientes inscritos en el CERA.
La petición comprende a hijos mayores de edad que obtuvieron la ciudadanía mediante el Anexo III de la Ley de Memoria Democrática.
Iustitia Europa propuso recibir sus votos, pero mantenerlos separados y sin contabilizar hasta comprobar los expedientes. Como alternativa, solicitó limitar esa medida a los hijos cuyos padres estuvieran afectados por las restricciones anteriores.
















