¿Los menores de edad pueden importar al viajar a Cuba?

Los niños menores de edad, hasta 10 años no tienen derecho a importar mercancías al viajar a Cuba. Es decir, no puede importar artículos duraderos, como un televisor, medios de transporte u otros electrodomésticos.

El equipaje de los menores de edad al viajar a Cuba solo puede contener sus artículos de uso personal de acuerdo con la edad. Según lo estipula la Resolución 357 del año 2012 del Ministerio de Finanzas y Precios de la República de Cuba, el equipaje solo puede tener los 25 kilogramos libres de costo de sus artículos personales ajustados a la edad del menor.

Se considera que el equipaje del menor de edad es un equipaje con misceláneas, sin artículos duraderos.

Forman parte del equipaje de niños para Cuba, el considerado de uso personal, los artículos empleados para la transportación, entretenimiento, alimentación y cuidado de los niños. Siempre en cantidades razonables y acordes con la edad del menor, sus días de estancia en la Isla y el motivo del viaje.

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Se consideran dentro de estos los siguientes artículos:

Unidades de Juguetes

Unidades de juegos o instrumentos eléctricos o electrónicos para su uso personal.

En el caso de los bebés, se incluyen además en la importación libre de costo entre otros, los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, y accesorios para su cuidado tales como: silla, corral, cuna portátil, coche, andadera, bicicleta (si tiene edad para usarla).

Las cantidades y el tipo de artículos de uso personal del menor de edad siempre deben estar acordes con su edad, necesidades para sus días de estancia en Cubas y motivo del viaje. Los alimentos de los niños se importan libres de costo.

Para que un menor de edad pueda realizar una importación en su condición de pasajero debe tener los 10 años cumplidos y hacerse representar legalmente por una persona mayor de edad.

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Es importante tener en cuenta que esto es una obligación. En el despacho de Aduana, los menores de edad tienen que estar acompañados por algún responsable legal, que pueden ser sus padres, familiares o cualquier persona mayor encargada de su custodia durante el viaje.

En el caso de los menores de edad comprendidos entre los 10 y 18 años de edad pueden realizar importaciones. Es decir, tienen el derecho de entrar a Cuba mercancías, en correspondencia con las normas de Aduana establecidas. Los menores de edad entre 10 y 18 años de edad, pueden importar los 25 kilogramos de uso personal, considerados misceláneas, y pueden importar artículos duraderos hasta un valor de 1000 pesos, como cualquier adulto.

El pago de los aranceles establecidos lo debe realizar el adulto que represente legalmente al menor de edad en el despacho de Aduana.

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