¿Qué cubre el seguro de vida en Cuba?

El término es conocido. Pero no su significado real, su alcance. ¿Para qué contratar un seguro de vida en Cuba? ¿Es un gasto inútil? O, por el contrario, ¿una necesidad desconocida? Directorio Cubano ofrece información sobre el tema.

En Cuba este servicio lo brinda la Empresa de Seguros Nacionales (ESEN). Y está disponible para personas naturales.

El objetivo del servicio es garantizar un respaldo económico a los beneficiarios escogidos por el cliente. Dicho respaldo se hace efectivo cuando el asegurado fallece, o queda incapacitado físicamente para ejercer sus funciones y actividades cotidianas por causas predeterminadas. Pues ello conlleva la pérdida, o la disminución, de los ingresos percibidos antes por la persona asegurada. Y repercute en su círculo social: familia, amigos, convivientes, etc.

Alcance del seguro de vida en Cuba

Al contratar un seguro de vida, el cliente asegura una prestación financiera. Esta puede cubrir los riesgos que puedan afectar su vida, y también aquellos que puedan afectar su salud y/o su integridad física.

El alcance del seguro de vida cambia, según los intereses del cliente. La contratación concibe algunas pautas obligatorias, pero más allá de lo básico, el cliente contrata las coberturas que desee.

Seguro de cobertura por la muerte: compensa en caso de fallecimiento del asegurado por enfermedad o accidente (siempre que no constituyan exclusiones aclaradas previamente en el contrato).

  • La contratación de esta cobertura es obligatoria.
  • Beneficia a terceras personas nombradas por el asegurado como beneficiarias.
  • Por este concepto se puede asegurar entre $1,000.00 y hasta $50,000.00 pesos cubanos (CUP), siempre en múltiplos de mil.

Seguro de cobertura por incapacidad permanente (total o parcial): compensa en caso de que el asegurado quede incapacitado como consecuencia de accidentes, y enfermedades.

  • Las enfermedades comprendidas en esta cobertura son:
  • cardiovasculares
  • vasculares encefálicas
  • diabetes
  • cáncer
  • Aplica solo cuando la incapacidad del asegurado se manifiesta dentro de los 12 meses posteriores al accidente, o al diagnóstico de la enfermedad.

Seguro de cobertura por incapacidad temporal: compensa cuando el asegurado sufre una incapacidad transitoria y reversible.

  • Aplica en caso de accidentes.
  • Aplica también en caso de enfermedades:
  • cardiovasculares
  • vasculares encefálicas
  • intervenciones quirúrgicas de urgencia (siempre que el asegurado pueda sanar en un periodo de entre 14 y hasta 180 días)
  • La renta diaria máxima permitida en esta cobertura es de $15.00 CUP.

Seguro de cobertura por gastos farmacéuticos: su contratación complementa la contratación de las dos coberturas anteriores.

  • Cubre los gastos farmacéuticos del asegurado. Siempre que estén asociados a una incapacidad temporal, o a una incapacidad permanente (total o parcial) por motivo incluido en el contrato.
  • Cubre gastos farmacéuticos entre $50.00 y $300.00 CUP.

Entonces, el seguro de vida: ¿gasto inútil o necesidad desconocida? Para poder valorarlo, primero hace falta entender el servicio, y cómo funciona. Luego, analizar los pro y los contra según cada caso específico. Y Directorio Cubano ayuda a iniciar el camino.

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6 comentarios en «¿Qué cubre el seguro de vida en Cuba?»

  1. Pero no hay seguro para las casas.
    Si mañana hay un terremoto …temblor de tierra o una pared se cae por accidente no existe ese seguro … Ese seguro no sirve.
    Y no es todo el mundo que se beneficia . las provincias manejan los casos a su antojo . Se mete todo el mundo a decidir hasta quienes no son del seguro. Hacen comisiones y más comisiones sin ver que realmente las personas lo necesitan.
    Ahh pero se lo dan a algunas personalidades de cada provincia.
    Todo en Cuba es sociolismo socios y socios y al gobierno no le.importa porques está ocupado en sus cosas que no le pueden faltar.

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  2. Perdon, de que seguro hablan mi prima tenia uno de carro,se lo robaron y El seguro no pago, casi nada despues de haber abonado cierta cantidad de anos Al seguro. ?Eso es un chiste, no?

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    • ME pregunto qué TIPO de cirugía cubre el SEGURO de VIDA en CUBA ..HAY que operar por razones DE seguridad del paciente que puede perder la visión…GLAUCOMA DE AMBOS OJOS. Y CONLLEVA A REPOSO POR UN TIEMPO DETERMINADO….Y NO DEBEN DE PAGAR POR RIESGO Y LA CONVALECENCIA Y MEDICAMENTOS.

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