CalFresh en California cambia desde este 1 de junio para algunos beneficiarios adultos que deberán probar trabajo, estudios o servicio comunitario si quieren conservar la ayuda alimentaria por más de tres meses.
California aplicará la regla a beneficiarios de 18 a 64 años
El Departamento de Servicios Sociales de California actualizó sus preguntas frecuentes sobre CalFresh y la ley federal H.R. 1 el 29 de mayo de 2026.
La agencia estatal confirmó que, desde el 1 de junio, cambian las reglas federales de trabajo e interacción comunitaria para parte de los hogares que reciben CalFresh, nombre que usa California para el programa SNAP.
La medida no alcanza a todos los beneficiarios. El aviso oficial se dirige a ciertos adultos de 18 a 64 años que no tengan una exención reconocida y necesiten conservar el beneficio de alimentos.
CalFresh entrega ayuda mensual mediante tarjeta EBT para comprar alimentos. Por eso el cambio interesa a familias inmigrantes, trabajadores con bajos ingresos y personas que dependen de esta asistencia para completar la compra básica.
Trabajo, escuela o voluntariado por 80 horas al mes
Los beneficiarios incluidos en la nueva regla tendrán que participar en una actividad calificada durante al menos 20 horas por semana, o un promedio de 80 horas al mes.
El CDSS enumera varias opciones. Entre ellas aparecen empleo pagado, voluntariado, servicio comunitario, capacitación laboral, programas de trabajo, educación y Workfare.
La Asociación de Bancos de Alimentos de California explica que, cuando el límite esté activo, quienes no prueben cumplimiento o exención solo podrán recibir CalFresh durante tres meses dentro de un período de 36 meses.
La organización también señala que antes de H.R. 1 el grupo principal iba de 18 a 54 años. Con la nueva regla, el rango sube hasta los 64 años.
Padres con menores de 14 años figuran entre exentos
El CDSS incluye varias exclusiones. No entran en la regla las personas menores de 18 años ni las mayores de 64.
Tampoco deben cumplirla los padres o responsables de un niño dependiente menor de 14 años. La exención también cubre a embarazadas en cualquier etapa del embarazo.
Quedan fuera quienes no puedan trabajar al menos 20 horas semanales o 80 horas mensuales por una condición física o mental. También se incluye a quienes cuidan durante más de 30 días a una persona enferma, lesionada o discapacitada.
La lista oficial menciona a personas que reciben o solicitan beneficios por discapacidad, estudiantes al menos a medio tiempo, participantes en programas de capacitación de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados y residentes de zonas donde el requisito ABAWD esté exento.
La excepción migratoria para entrantes cubanos y haitianos
El mismo paquete de cambios de H.R. 1 ya había modificado la elegibilidad de inmigrantes para CalFresh desde el 1 de abril de 2026.
El CDSS indica que varias categorías de inmigrantes con presencia legal dejaron de calificar, incluidos asilados, refugiados y personas con parole. Sin embargo, el propio aviso conserva una excepción para los entrantes cubanos y haitianos.
Esa excepción migratoria no equivale a una exención laboral. Un beneficiario cubano que mantenga elegibilidad por esa vía debe revisar si también cae dentro del grupo de 18 a 64 años sujeto a requisitos de trabajo o servicio comunitario.
La agencia estatal recomienda leer todas las cartas enviadas por la oficina de servicios sociales del condado, porque esos avisos informan cambios específicos de cada caso.
Para revisar un expediente, el CDSS indica comunicarse con la oficina local de servicios sociales, llamar al 1-877-847-3663 o presentar trámites en BenefitsCal.com.
















