Jubilarse en Cuba sin completar los años de servicio: los requisitos de la pensión extraordinaria

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Conoce los años de trabajo mínimos y el porcentaje salarial para acceder a la jubilación extraordinaria en Cuba y cómo cambia el cálculo a partir de 2026.

Llegar a la edad de jubilación sin el tiempo de servicio requerido es una realidad que golpea a una parte considerable de la fuerza laboral en la isla. Ante la duda de si es obligatorio «trabajar hasta morir», el ordenamiento jurídico cubano contempla la figura de la pensión por edad extraordinaria. Esta variante permite el retiro bajo condiciones específicas de tiempo y edad, aunque con un impacto directo en la cuantía económica que se recibe mensualmente.

Para acceder a este beneficio, las mujeres deben haber cumplido 60 años y los hombres 65. El requisito de permanencia laboral oscila entre los 20 y 29 años de servicios prestados. Es una salida legal para quienes, por diversas razones personales o interrupciones en su carrera, no llegan a los 30 años que exige la ley para la pensión ordinaria.

El cálculo del dinero: ¿Cuánto recibirá el jubilado?

La cuantía de esta pensión se determina mediante un sistema escalonado. El punto de partida es el 40% del salario promedio mensual del trabajador, correspondiente a los primeros 20 años de labor. Por cada año adicional de trabajo por encima de esa cifra, el porcentaje se incrementa en un 2%.

Este cálculo genera interrogantes sobre la sostenibilidad del nivel de vida tras el retiro. E. García, una trabajadora cercana a la edad de jubilación, expresó su temor a quedar desprotegida si no logra acreditar el tiempo suficiente. La respuesta oficial indica que el trabajador debe permanecer activo hasta que la jubilación sea ratificada oficialmente para no interrumpir el cobro de su salario.

Cambios en el procedimiento para 2026 y 2027

Un punto importante ocurre con la reforma salarial. El Ministerio de Trabajo confirmó que el procedimiento actual para calcular la cuantía de la jubilación, tomando en cuenta los años posteriores a la reforma, se mantendrá vigente para quienes se retiren a partir del año 2026. A. Gutiérrez, trabajadora activa de 63 años, consultó si los beneficios de la reforma aplicarían para quienes, por falta de tiempo acumulado, deben esperar hasta 2027 para retirarse. La autoridad laboral ratificó que el procedimiento de cálculo seguirá el mismo curso, asegurando que los salarios más recientes (posteriores al reordenamiento) formen parte de la base para determinar la pensión final.

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