Consulado de Venezuela en Cuba informa cambios sobre trámites en su sede

El Consulado General de Venezuela en Cuba, ofreció información relevante de trámites en su sede a través de sus canales oficiales. Además exhortó a sus connacionales residentes en la isla a cumplir estrictamente las medidas de prevención sanitarias emitidas por las autoridades cubanas. 

Dicha sede diplomática en La Habana señaló que desde este mes de marzo, “se les informa a nuestros (as) usuarios (as) que deben realizar personalmente sus solicitudes de trámites ante este Consulado General. No se recibirán más sobres”. 

Este Consulado, cito en Calle 20 Nro. 512 e/ 5ta y 7ma. Ave., Miramar, Playa, ofrece varias vías de contacto como los teléfonos, (+53) 7207 9797 ext. 105, 109 y 223 y el correo electrónico: [email protected]

Igualmente, informan que el horario de atención por taquilla es de 9:00 am a 11:00 am, de lunes a viernes. Mientras por la vía telefónica es de 11:00 am a 12:30 pm, los lunes, miércoles y viernes. De 1:00 pm a 3:00 pm, los martes y jueves.

Antes de esta decisión, el Consulado de Venezuela tenía establecido un sistema de citas para trámites, como visados, a través de sobres o carpetas. En los casos de visas, se debía consignar el expediente con sus respectivos requisitos completos dentro de un sobre cerrado o carpeta sellada. Identificar con nombre completo, número de carné de identidad, número de teléfono y/o correo electrónico y dejar en la sede del Consulado. 

Luego, en caso de aplicar para la entrevista, se le contactaría al número indicado en la planilla. El plazo para retirar su visa (de casos aprobados), sería de tres días hábiles. A partir de este mes, toda solicitud, de cualquier tipo tendrá que ser de manera personal, aunque en la información del Consulado no detallan cómo sería exactamente el nuevo procedimiento. 

¿QUÉ NECESITA UN CUBANO PARA INGRESAR A VENEZUELA?

Los viajeros cubanos requieren de visa para entrar en Venezuela. Si desean ingresar al país sudamericano deberán poseer un pasaporte vigente por un mínimo de seis (6) meses de otorgado por una autoridad competente y solicitar el visado correspondiente ante ese consulado. 

“Esta Sección Consular tiene la facultad de otorgar o no el visado requerido según la legislación venezolana e informará al solicitante acerca del resultado de su solicitud, pero no tiene obligación alguna en comunicar acerca de las causas específicas de ello”, se lee en la web. 

Aclaran que el otorgamiento de un visado no implica la aceptación de ingreso al territorio nacional, ya que ello dependerá del funcionario de migración venezolano. En caso de que su solicitud de entrada haya sido negada, deberá esperar seis meses para volver a realizar una nueva. Para más requisitos, acceda a este enlace. 

 

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