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Pasaporte cubano para menores de edad: todo lo que necesitas saber

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En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber sobre la solicitud de pasaportes de menores de edad y su salida de Cuba.

En mayo pasado el gobierno cubano adoptó nuevas medidas migratorias incrementando la validez de los pasaportes a 10 años para los adultos (mayores de 16) y a cinco años para menores. 

Como puedes apreciar, el periodo de vigencia del pasaporte cubano se reduce a la mitad para los menores. Esto se debe a que hasta los 16 años, se considera que el rostro es dinámicamente muy variable y, por tanto, hay que reducir el tiempo de emisión del pasaporte, pues cambia la fisionomía. 

Si bien el precio del pasaporte cubano no varió en la isla (2500 CUP), se fijó el arancel para su solicitud en embajadas y consulados en 180 USD/Euros (mayores de 16 años) y en 140 USD/Euros para los menores de edad.

En aclaraciones sobre esas decisiones de las autoridades cubanas, el jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Minint, coronel Mario Méndez Mayedo, precisó que no se modificaron los requerimientos en relación con los menores de edad. Es decir, los menores de edad seguirán necesitando el respaldo de ambos padres para salir de Cuba. 

SACAR PASAPORTE CUBANO MENORES DE EDAD

No obstante, la Instrucción 279 del Tribunal Supremo aborda los obstáculos que puedan presentarse y los procedimientos a seguir cuando uno o ambos padres no estén de acuerdo, de manera tal que se pueda garantizar la salida del menor con determinados requisitos.

Para ello, los padres o tutores legales acudirán al tribunal para exponer los motivos por los que se oponen a la salida de Cuba de sus hijos. Cuando se adopte una resolución judicial, se remitirá una notificación de lo dispuesto a la oficina correspondiente de la DIIE. 

Para la solicitud del pasaporte cubano de un menor se debe aportar:

  • La Tarjeta de Menor actualizada,
  • Sellos de timbre por el valor del documento, 
  • Autorización de los padres o representantes legales que correspondan, formalizada ante Notario Público.
  • En el caso de residir en el exterior, deben hacer la solicitud ante la representación diplomática o consular en ese país mediante modelo oficial.

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