Cancelación de antecedentes penales en Cuba: requisitos, plazos y dónde hacer el trámite

Cancelación de antecedentes penales en Cuba: requisitos, plazos y dónde hacer el trámite

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La cancelación de antecedentes penales en Cuba permite borrar del registro oficial una condena ya cumplida, siempre que la persona reúna las condiciones previstas por la ley.

Se trata de un procedimiento importante para quienes buscan rehacer su vida sin que una sanción pasada siga cerrándoles puertas.

Este mecanismo busca facilitar la reinserción social y laboral. También da margen para que quienes ya cumplieron con la justicia puedan avanzar sin el peso permanente de un antecedente penal.

¿Qué implica cancelar los antecedentes penales?

Cancelar los antecedentes penales significa eliminar del Registro Central de Sancionados, que pertenece al Ministerio de Justicia, las sanciones impuestas por los tribunales.

La ley cubana establece que este trámite puede hacerse de dos formas. Una es de oficio, cuando el propio Registro Central de Sancionados conoce que se produjo alguna de las causas previstas. La otra es a solicitud del interesado, siempre que cumpla los requisitos legales.

¿Cuándo procede de oficio?

La cancelación puede hacerse de oficio en varios supuestos. Entre ellos figuran la muerte del sancionado, haber cumplido 70 años sin estar extinguiendo sanción, una sentencia absolutoria en revisión, la amnistía o el indulto, cuando así se disponga.

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También puede aplicarse si una ley penal posterior deja de considerar delito el hecho por el que fue sancionada la persona. A eso se suman los casos expresamente recogidos en la Ley de Ejecución Penal.

Además, la norma prevé la cancelación cuando hayan pasado diez años desde el cumplimiento de la sanción impuesta. En el caso de la multa, el plazo es de un año desde que la sentencia quedó firme. Esta regla no se aplica a reincidentes, multirreincidentes ni a sancionados por determinados delitos específicos.

Requisitos para pedirla por solicitud personal

Cuando la persona interesada inicia el trámite, debe haber extinguido todas las sanciones impuestas. Eso incluye los casos en que la sanción se considere cumplida por indulto, remisión condicional o libertad condicional.

También debe haber pagado por completo la responsabilidad civil o demostrar que la está cumpliendo de forma satisfactoria. A eso se suma el tiempo de espera legal, que varía según la gravedad de la sanción recibida.

La conducta posterior también pesa. La persona debe demostrar que ha mantenido una convivencia social adecuada y una actitud honrada ante el trabajo desde que cumplió la sentencia o desde que obtuvo el beneficio correspondiente.

Los plazos según la sanción

La ley fija distintos plazos para solicitar la cancelación. Son de diez años cuando la sanción fue de privación temporal de libertad de diez años y un día hasta treinta años.

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El plazo baja a ocho años si la condena fue de seis años y un día hasta diez años. Es de cinco años para sanciones de tres años y un día hasta seis años.

Cuando la pena fue de uno a tres años, el término es de tres años. Para cualquier otra sanción, el plazo establecido es de un año.

Documentos que deben presentarse

La solicitud exige varios documentos. Entre ellos están la certificación de antecedentes penales y la certificación de sentencia.

También deben aportarse pruebas del pago de la responsabilidad civil, así como constancias de que no existen deudas tributarias ni multas pendientes. En algunos casos, pueden pedirse documentos que acrediten que la persona está integrada de forma útil a la sociedad.

¿Dónde se realiza el trámite en Cuba?

La gestión debe hacerse de manera personal en las Direcciones Provinciales de Justicia. El solicitante debe presentar su carné de identidad junto con las certificaciones y documentos exigidos por la ley.

Otra opción es contratar a un abogado en cualquier bufete de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, conocida como ONBC.

La vía excepcional que puede adelantar la cancelación

La legislación también contempla una salida excepcional. Si la persona demuestra una conducta ejemplar después de cumplir la sentencia, el ministro de Justicia puede autorizar la cancelación antes del plazo ordinario.

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Eso solo puede ocurrir cuando haya transcurrido, al menos, la mitad del término fijado para su caso. Además, deben cumplirse el resto de los requisitos exigidos por la norma.


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