Permutas de viviendas en Cuba

Si usted tiene una casa de su propiedad en Cuba y se encuentra interesado en permutarla por otra, que tenga mejores condiciones constructivas, mejor posicionamiento que la suya, o sencillamente que esté en otra ciudad, entonces, le será de mucha ayuda tener a mano toda la posible información sobre este tema.

Lo primero que usted debe hacer en Cuba es encontrar la vivienda por la que desea permutar la suya. Una vez que tenga usted localizada la vivienda; luego, proceda a negociar con el propietario de la misma las condiciones de su permuta. Si esa persona acepta, porque se encuentra interesado en la vivienda que usted le ofrece a cambio, entonces, ya es tiempo de pensar en los recursos legales necesarios para hacer legítimo su trámite de permuta.

Debe saber que para legitimar su permita, el procedimiento es ante notario público.

Usted y la persona con la que procederá a la permuta de su casa deben presentar ante el notario:

  • sus respectivos documentos de indentidad
  • los respectivos documentos legales que acrediten la titularidad de cada propietario sobre su vivienda
  • los documentos donde conste que cada una de las vivienda simplicadas en el trámite se haya inscripta en el Registro de la Propiedad del municipio donde se halle emplazado el inmueble

El precio que tiene el trámite de la legalización de una permuta ante notario público es de 50 pesos en moneda nacional (CUP). Cada propietario de los dos o más que se hallen en la legalización del trámite deberán abonar 50 pesos por su respectiva vivienda. Tienen un plazo de hasta una semana, siete días naturales, para abonar este monto.

El notario público se encargará de la asesoría ante cualquier otro posible particular que surgiera en el transcurso de la legalización y que se estime necesario o conveniente, teniendo en cuenta las particularidades de cada caso de permuta.

Consulte también, para más información: Informaciones sobre el Ministerio de la Construcción

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3 comentarios en «Permutas de viviendas en Cuba»

  1. Hola buenos días, tengo un asunto q me preocupa y quisiera q me ayudaran. Mi pregunta es la siguiente luego de presentar una permuta ante el notario y realizar todos los tramites en completo acuerdo ambas partes pasado algún tiempo cualquiera de las partes puede pedir virar la permuta??? Si es así me gustaría saber en q tiempo puede desaserse dicha permuta ??? O si ese acto de inconformidad luego del acuerdo no es permitido?? Muchas gracias y agradecida de su respuesta.

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