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Estas son las 124 actividades por cuenta propia limitadas en Cuba

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El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Cuba publicó en su sitio web oficial un total de 124 actividades por cuenta propia que no están permitidas para ejercer en la Isla, tal como dicta el Clasificador Nacional de Actividades Económicas.

En el documento figuran 2110 actividades, limitándose totalmente o de manera parcial alguna de las estructuras o algunas actividades que componen la misma. Pero en general, el clasificador de Trabajo, limita del todo, 124 actividades por cuenta propia, que no se pueden ejercer en la Isla.

Antes de darles a conocer el listado completo, el Ministerio aclara que en listado no se incluyen figuras que de por sí, ya son figuras delictivas en Cuba, como la caza y pesca de animales prohibidos o en peligro de extinción, el empleo infantil o el trabajo forzado.

Se suman al ya listado de actividades limitadas al cuentapropismo en Cuba, algunas que funcionaban en una especie de “alegalidad” (pues no eran ni legales ni ilegales) y ahora lo serán como grabación y edición de música en estudios independientes, que es por donde se movían la mayoría de los cantantes llamados marginales en el panorama de la música cubana actual.

También se sumaron categorías como las galerías de artes privadas, las agencias de viaje privadas o los turoperadores turísticos, o sea, para realizar estas actividades habrá que tener un convenio con el estado o que parte del capital sea estatal, sino estarían incurriendo en un delito. En el mismo saco están las actividades de investigación y los negocios que brindaban servicios de apoyo a otras empresas, como en redes sociales o marketing o de actividades similares.

A las prohibidas, también se sumaron la venta al por mayor de vehículos o partes de pieza, o accesorios para los mismos, el alquiler de equipos deportivos, a no ser las bicicletas.

Al respecto, el analista económico cubano Pedro Monreal dijo que se equivocaban al no permitir que el trabajador privado creara su mercado mayorista. “Una variante para dotar al trabajo por cuenta propia (TCP) de un mercado mayorista -que no acaba de resolver el sector estatal- es permitir que el propio TCP participe en la creación y funcionamiento de ese mercado mayorista, al menos parcialmente”.

“Entre las actividades prohibidas están: “venta al por mayor de alimentos, bebidas y tabacos” (4630), “venta al por mayor de maquinaria, equipo y materiales agropecuarios” (4653), y “venta al por mayor de materiales de construcción y artículos de ferretería”, dijo el economista Monreal.

“Supongamos que un emprendedor tiene capital, contactos y conocimiento para importar café, té y especias para suministrarlos a precios mayoristas a restaurantes y cafeterías TCP y a las gestionadas como cooperativa, la nueva normativa lo prohíbe”, agrega el economista. Por cierto, otra actividad por cuenta propia (contador privado) que también limita el gobierno de Cuba.

Otras actividades que se prohíben relacionadas con el sector intelectual, son los editores de libros, listas de correos y revistas de cualquier formato y contenido, también el trabajo de periodista de manera independiente a los medios del estado.

Al respecto, un usuario en Twitter, preguntó si también esto limitaba las “newsletter” y le contestaron que “Los privados. Sí. Solo puede haber agencias de noticias si son estatales, solo pueden imprimir periódicos las agencias estatales”.

“Infringir esto potencialmente podía resultar en multas, decomiso y hasta correr el riesgo de cometer una “actividad económica ilícita”, un delito establecido en el Código Penal vigente”, señaló en un informe de Auge, el emprendedor cubano Oniel Díaz.

Si quiere consultar el total de 124 actividades privadas prohibidas en Cuba desde ya puedes hacerlo aquí:

1. Cultivo de plantas narcóticas. (128)
2. Control de plagas. (161)
3. Caza ordinaria y mediante trampas con fines comerciales. (170)
4. Extracción de carbón de piedra y lignito. (510 y 520)
5. Extracción de petróleo crudo y gas natural. (610 y 620)
6. Extracción de minerales metalíferos. (710, 721, 722, 729)
7. Explotación de otras minas y canteras, excepto extracción de piedra arena y arcilla. (890, 891, 892, 893 y 899)
8. Actividades de servicios de apoyo para la explotación de minas y canteras. (910 y 990)
9. Elaboración de azúcar. (1072)
10. Elaboración de productos de tabaco, excepto para actividades de artesanía. (1200)
11. Impresión de periódicos, revistas, tabloides, libros, mapas, atlas, sellos de correos, timbres fiscales, documentos de títulos, cheques y otros documentos de garantía, incluye cuños, gomígrafos y papel moneda y cualquier otro impreso que atente contra lo dispuesto en la Constitución de la República de Cuba y en la legislación vigente. (1811)
12. Fabricación de coque y productos de la refinación del petróleo. (1910 y 1920)
13. Fabricación de sustancias químicas básicas de abonos y compuestos de nitrógeno y de plásticos y caucho sintético en formas primarias. (2011)
14. Fabricación de plaguicidas y otros productos químicos de uso agropecuario. (2021)
15. Fabricación de pólvoras propulsoras, productos pirotécnicos, incluidas cápsulas fulminantes, detonadores, bengalas de señales, fósforos y otros explosivos. (2029)
16. Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos botánicos de uso farmacéutico, incluida la elaboración de formulaciones con alegaciones terapéuticas a partir de plantas medicinales, incluyendo la mezcla de estas en ninguna de sus formas. (2100)
17. Fabricación de metales comunes, excepto la fundición de metales. (2410, 2420 y 2421)
18. Fabricación de armas y municiones. (2520)
19. Fabricación de insignias militares. (2599)
20. Fabricación de pilas, baterías y acumuladores. (2720)
21. Fabricación de vehículos automotores. (2910)
22. Construcción de buques y otras embarcaciones. (3011 y 3012)
23. Fabricación de locomotoras y material rodante. (3020)
24. Fabricación de aeronaves y naves especiales y maquinaria conexa. (3030)
25. Fabricación de vehículos militares. (3040)
26. Fabricación de motocicletas, excepto partes y piezas, vehículos de propulsión manual (carretillas, carritos para equipaje, para supermercado, etc.) y de tracción animal. (3091)
27. Fabricación de uniformes militares. (3290)
28. Reparación y mantenimiento de armas de fuego y municiones. (3311)
29. Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica. (3510)
30. Fabricación de gas y distribución de combustibles gaseosos por tuberías, excepto el biogás. (3520)
31. Suministro de vapor y de aire acondicionado. (3530)
32. Distribución de agua mediante redes de distribución, en comunidades de más de mil habitantes (3600)
33. Recogida de desechos peligrosos. (3812)
34. Tratamiento y eliminación de desechos peligrosos. (3822)
35. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de desechos. (3900)
36. Venta de vehículos automotores. (4510)
37. Venta al por mayor de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores. (4530 y 4540)
38. Comercio al por mayor, excepto la venta mayorista de productos agropecuarios. (4610, 4630, 4641, 4649, 4651, 4652, 4653, 4659, 4661, 4662, 4663, 4669 y 4690)
39. Venta al por menor de productos de tabaco en comercios especializados. (4723)
40. Venta al por menor de combustibles para vehículos automotores en comercios especializados. (4730)
41. Venta al por menor de equipo de información y de comunicaciones en comercios especializados. (4741 y 4742)
42. Venta al por menor de productos farmacéuticos y medicinales. (4772)
43. Actividades de galerías de arte comerciales. (4773)
44. Venta al por menor de sellos y monedas. (4773)
45. Venta de armas y municiones. (4773)
46. Otras actividades de venta al por menor no realizadas en comercios, puestos de venta o mercados para productos prohibidos. (4799)
47. Transporte por tuberías, incluye la explotación de gasolineras. (4930)
48. Transporte marítimo en aguas internacionales, de cabotaje y para actividades turísticas. (5011 y 5012)
49. Transporte por vía aérea. (5110 y 5120)
50. Almacenamiento y depósito. (5210)
51. Actividades de servicios vinculadas al transporte terrestre, excepto la explotación de aparcamientos o garajes, aparcamientos para bicicletas. (5221)
52. Actividades de servicios vinculadas al transporte acuático. (5222)
53. Actividades de servicios vinculadas al transporte aéreo. (5223)
54. Otras actividades de apoyo al transporte. (5229)
55. Actividades de campismo, parques de vehículos de recreo y parques de caravanas. (5520)
56. Edición y maquetación de libros, directorios y listas de correos, periódicos, tabloides y revistas en cualquier formato o soporte. (5811, 5812, 5813)
57. Producción audiovisual y cinematográfica, actividades de grabación de sonido y edición de música, excepto la operación y/o arrendamiento de equipamiento para la producción artística, Agente de selección de elenco (casting), Auxiliar de producción artística. (5911)
58. Actividades de exhibición de películas cinematográficas y cintas de vídeo. (5914)
59. Transmisiones de radio. (6010)
60. Programación y transmisiones de televisión, y actividades de programación cultural de la música, las artes escénicas, el libro, las artes plásticas, el cine, el patrimonio cultural y el trabajo comunitario. (6020)
61. Actividades de telecomunicaciones alámbricas. (6110)
62. Actividades de telecomunicaciones inalámbricas, incluye el servicio de móvil troncalizado. (6120).
63. Actividades de telecomunicaciones por satélite. (6130)
64. Otras actividades de telecomunicaciones, exceptuando la venta de productos y servicios que le son proveídos por ETECSA y el Grupo Empresarial Correos de Cuba (agentes de telecomunicaciones y agente postal). (6190)
65. Procesamiento de datos, hospedaje y actividades conexas. (6311)
66. Actividades de agencias de noticias. (6391)
67. Intermediación monetaria (6411 y 6419)
68. Actividades de sociedades en cartera (6420)
69. Fondos y sociedades de inversión y entidades financieras similares (6430)
70. Arrendamiento financiero (6491, 6492 y 6499)
71. Seguros de vida y seguros generales. (6511 y 6512)
72. Reaseguros. (6520)
73. Fondos de pensiones. (6530)
74. Actividades auxiliares de las actividades de servicios financieros. (6611, 6612 y 6619)
75. Actividades auxiliares de las actividades de seguros y fondos de pensiones, excepto los agentes de seguros (6621y 6629)
76. Actividades de gestión de fondos (6630)
77. Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados, excepto para el arrendamiento de vivienda, habitaciones y espacios. (6810)
78. Actividades inmobiliarias realizadas a cambio de una retribución o por contrata, excepto la intermediación en la compra, la venta y el alquiler de bienes inmuebles a cambio de una retribución o por contrata. (6820)
79. Actividades jurídicas y de contabilidad, excepto la teneduría de libros. (6910 y 6920)
80. Actividades de oficinas principales. (7010)
81. Actividades de arquitectura e ingeniería. (7110 y 7120)
82. Investigación científica y desarrollo. (7210 y 7220)
83. Otras actividades profesionales científicas y técnicas, con excepción de los traductores de documentos y traductores e intérprete certificado, actividades de diseño y fotografía. (7490)
84. Actividades veterinarias; excepto para atender a los animales afectivos. (7500)
85. Alquiler y arrendamiento de equipo recreativo y deportivo, excepto el alquiler de bicicletas. (7721)
86. Arrendamiento de propiedad intelectual y productos similares. (7740)
87. Actividades de empleo. (7810, 7820 y 7830)
88. Actividades de agencias de viajes y operadores turísticos. (7911 y 7912)
89. Servicios de reserva y actividades conexas. (7990)
90. Actividades de seguridad. (8010)
91. Actividades de servicios de sistemas de seguridad, excepto la instalación, reparación, reconstrucción y ajuste de dispositivos mecánicos o electrónicos de cierre, cajas de caudales y cajas fuertes. (8020)
92. Actividades de investigación. (8030)
93. Otras actividades de servicios de apoyo a las empresas. (8299)
94. Actividades de la administración pública. (8411)
95. Regulación de las actividades de organismos que prestan servicios sanitarios, educativos, culturales y otros servicios sociales. (8412)
96. Regulación y facilitación de la actividad económica. (8413)
97. Administración de actividades relacionadas con los censos de población y viviendas. (8415)
98. Relaciones exteriores (8421)
99. Actividades de defensa, incluida la Ciberseguridad. (8422)
100. Actividades de mantenimiento del orden público y de seguridad. (8423)
101. Actividades de planes de seguridad social de afiliación obligatoria. (8430)
102. Enseñanza, excepto para la atención educativa y el cuidado de niños, los profesores de música y otras artes; profesores de taquigrafía, mecanografía o idioma, instructores de automovilismo, para la práctica de ejercicios físicos, clases de gimnasia aerobia y repasadores. (8510, 8511, 8513, 8521, 8522, 8523, 8530, 8541, 8549, 8561 y 8562)
103. Actividades de hospitales (8610)
104. Actividades de médicos y odontólogos (8620)
105. Otras actividades de atención de la salud humana. (8690)
106. Actividades de atención de enfermería en instituciones. (8710)
107. Actividades de atención en instituciones para personas con retraso mental, enfermos mentales y toxicómanos. (8720)
108. Otras actividades de atención en instituciones. (8790)
109. Actividades de asistencia social, excepto para el cuidado de enfermos, personas con discapacidad y ancianos. (8810 y 8890)
110. Actividades de periodistas. (9000)
111. Gestión de salas de conciertos, de video, galerías de arte, librerías, excepto la venta de libros de usos, casas de cultura, teatros y otras instalaciones similares. (9000)
112. Actividades de bibliotecas físicas o digitales, archivos y centros de información o documentación. (9101)
113. Actividades de museos, gestión de lugares y edificios históricos. (9102)
114. Actividades de zoológicos y reservas naturales. (9103)
115. Actividades de juegos al azar y apuestas. (9200)
116. Gestión de instalaciones deportivas, excepto los gimnasios de musculación y el arrendamiento de piscinas. (9311)
117. Actividades de clubes deportivos, tales como fútbol, bolos, natación, golf, boxeo, culturismo, ajedrez, atletismo, tiro, etcétera. (9312)
118. Otras actividades deportivas, incluye el buceo. (9319)
119. Otras actividades de esparcimiento y recreativas, excepto la gestión de bares, discotecas, pistas de baile y la organización de cumpleaños, bodas y otras actividades festivas. (9329)
120. Actividades de asociaciones empresariales profesionales. (9411 y 9412)
121. Actividades de sindicatos (9420)
122. Actividades de otras asociaciones (9491, 9492 y 9499)
123. Pompas fúnebres y actividades conexas. (9603)
124. Actividades de organizaciones internacionales y de misiones diplomáticas y consulares. (9900)

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13 Comentarios

1 Comentario

  1. JOSE LUIS DE CARDENAS HIDALGO

    23/04/2021 - 8:40 am en 8:40am

    El gobierno exterior arrecia el bloqueo externo y el gobierno interior arrecia el bloqueo interno. Resultado, el emprendedor nacional sigue jodío.

  2. Maikel Abreu Peña

    23/02/2021 - 10:56 am en 10:56am

    Los profecionales no quedó nada! El resultado inevitable de esto será la migración de la masa de profecionales para labores para las cuales están sobrecalificados buscando una mejoría económica, un verdadadero desperdicio de conocimiento. Yo me pregunto cuanto se gasta en formar un Master en Ciencias? entonces cuanto aporta ese master al país como vendedor de libros usados. Una verdadra ***! Es tal la obcesión de control que tiene la dirección de mi país que, ni controla, ni prospera. Este “Control” solo le he dado ventajas a las personas con menos escrúpulos.

  3. Manuel Vega Hernandez

    19/02/2021 - 7:27 pm en 7:27pm

    Los productores agropecuarios, ejemplo semilleros de tabaco, no reciben con antelacion los productos toxicos para combatir las plagas y otros peligros, ej. Los hongos. Se debe autorizar a particulares importar estos productos para ser comprados con antelacion a la aparicion de las enfermedades. Esto repercutira en la eficiencia de los campesinos que producen los semilleros. Ganaran todos y fundamentalmente el Estado, que en definitiva es quien domina el monopolio en el mercado internacional. Si no se autoriza se continuara malgastando recursos de esos sacrificados csmpesinos sean miembros de las actuales CCS u otras organizaciones productoras. Gracias y esperamos que se imponga la cordura. Asi alcanzaremos parte de la Soberania Alimentaria

  4. Lisa

    19/02/2021 - 6:21 pm en 6:21pm

    Total, al final todo está prohibido. Que trabajo queda para los cubanos? Domesticar gorgojos? Eso no lo prohibieron todavía

  5. Roberto gonzalez cabo

    12/02/2021 - 11:06 am en 11:06am

    Se por logica que habra actividades que el Estado debe asumir, responder y garantizar por su envergadura, pero pienso que algunas otras puden bajo un control estricto sin corrupcion ser flexibilizadas y darle paso a una nueva clase de ricos, tendra que ser asi como lo hicieron en China y otros paises, no podemos seguir limitando y eliminando actividades, es mi opinion….. habran muchas de estas personas ” pudientes” que podran resolver ciertas problematicas que el mismo estado no puede por falra de divisassss…

  6. Alexander Ruiz Brown

    12/02/2021 - 1:13 am en 1:13am

    Bueno… Ya el que tenía dudas quedó aclarado… Se aprietan las cadenas y se alzan los muros rodeados por el mar… Ni alcatraz estuvo tan bien diseñado… Están matando la iniciativa y el alma del cubano.

  7. Elir

    11/02/2021 - 10:49 pm en 10:49pm

    Nada me asombra los tiburones quieren la piscina para ellos solos,la discriminación continua para todos los de a pie.

  8. Taimi

    11/02/2021 - 9:06 pm en 9:06pm

    Estoy sintiendo repugnancia por los que dirigen y gobiernan mi país,hasta cuándo tendremos que acatar órdenes,no tener la oportunidad ni el derecho de aprobar ni desaprobar nada?????

  9. Cary

    11/02/2021 - 8:33 pm en 8:33pm

    Ya respirar es un delito

  10. papito

    11/02/2021 - 5:14 pm en 5:14pm

    cubanos el socialismo nuestro es basura .. hasta cuándo será nuestra paciencia con el ..

  11. Rafael

    11/02/2021 - 2:39 pm en 2:39pm

    El mismo perro pero con diferente collar, seguimos hundiendo el pais, solo nos dejan vender pan con croqueta, ah no, que no hay pan

  12. Dolores Margarita Medina Sainz

    11/02/2021 - 11:58 am en 11:58am

    Entonces el ESTADO tiene que garantizar TODO lo que prohibió de forma eficiente QUE DUDO esté a la altura del servicio brindado por el cuentapropistas. No sé puede prohibir sin garantizar el servicio que cada día ves peor en cualquier instancia estatal

  13. Julián

    11/02/2021 - 11:08 am en 11:08am

    Los clásico , las actividades que pueden sacar adelante al país , siguen en manos de los ricos y políticos , y no quieren competencia ninguna en sus negocios, por eso nos va a comer la miseria a los cubanos

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