¿Quién puede importar automóviles a Cuba?

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Si usted es cubano y tiene interés en importar un vehículo a Cuba, de seguro le será favorable conocer todo lo relacionado con lo que la Aduana de Cuba establece con respecto a la entrada a la Isla de automóviles o sus partes.

Es importante que usted tenga claro que como pasajero (persona natural de Cuba) no tiene autorizada la importación a Cuba de vehículos automotores, carrocerías de vehículos o motores de combustión interna.

Solo se encuentra admitida la importación por parte de las personas naturales de partes y de accesorios destinados a vehículos automotores.

Como contraparte, un grupo de instituciones y personas sí se hallan autorizadas a importar automóviles, des luego, con el estricto cumplimiento de los requerimientos técnicos del Ministerio del Transporte y la legislación actual. Son las siguientes:

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    Personas jurídicas: Ministerios, empresas, instituciones y cooperativas que cuentan con la aprobación del Ministerio del Comercio Exterior e Inversión Extranjera.

    Personas jurídicas y naturales: Oficinas consulares, misiones diplomáticas, y organismos internacionales acreditados en la Isla; el personal que labora en ellos.

Personas naturales: Turistas extranjeros que van a emplear su vehículo en Cuba por un plazo de hasta 30 días. Al volver a su país, tienen la obligación de reexportarlo, previamente o en la fecha en que salgan Cuba.

Para la importación de automóviles a Cuba resulta preciso presentar ante la Aduana el certificado donde conste la propiedad del vehículo. En dicho documento debe constar la marca, fecha de fabricación y modelo.

Por su parte, los representantes de oficinas consulares, misiones diplomáticas y organismos internacionales acreditados en la Isla, deben presentar también la autorización de importación otorgada por el Ministerio del Comercio Exterior e Inversión Extranjera o el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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En todos los casos, es preciso tener en cuenta los requisitos técnicos dispuestos por el Ministerio de Transporte para la importación de un vehículo: que sean automóviles de fabricantes y marcas autorizadas.



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